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En las vísperas del feriado nacional correspondiente al 15 de junio, se confirmó que hay un nuevo día de descanso dentro del calendario.

En este sentido, un importante número de personas podrá aprovechar el feriado del lunes 8 de junio y tener un nuevo fin de semana largo de 3 días.

Quiénes podrán aprovechar el feriado del 8 de junio

Los habitantes de la localidad bonaerense de Dudignac, en el partido de Nueve de Julio, tendrán la posibilidad de disfrutar de un nuevo fin de semana largo gracias al feriado del 8 de junio.

Con motivo de las celebraciones por el aniversario fundacional del distrito, los trabajadores de la administración pública y el Banco Provincia tendrán un día de descanso extra.

Oficial | Decretan feriado el lunes 8 de junio y habrá un nuevo fin de semana largo: será para todos estos trabajadores
Fuente: Archivo
Oficial | Decretan feriado el lunes 8 de junio y habrá un nuevo fin de semana largo: será para todos estos trabajadores Fuente: Archivo

En el caso de los privados, cada empleador tomará la decisión de adherirse a la jornada no laboral extra.

Qué feriados quedan en Argentina en 2026

El calendario oficial de feriados para este año indica que los próximos son:

  • Lunes 15 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (trasladado del 17).
  • Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
  • Jueves 9 de julio: Día de la Independencia.
  • Viernes 10 de julio: día no laborable con fines turísticos.
  • Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín.
  • Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • Lunes 23 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (trasladado del 20).
  • Lunes 7 de diciembre: día no laborable con fines turísticos.
  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción de María.
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad.

Qué diferencia hay entre un feriado y un día no laborable

Aunque suelen confundirse, los feriados y los días no laborables tienen efectos distintos para los trabajadores.

En los feriados nacionales, la normativa establece que el descanso es obligatorio y, si una persona debe trabajar, tiene derecho a cobrar el doble de una jornada habitual.

En cambio, en los días no laborables la decisión de trabajar o no queda en manos del empleador, especialmente en el sector privado.

Si la empresa dispone que la actividad continúe con normalidad, los empleados perciben su salario habitual, sin pagos adicionales.