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Un nivel de endeudamiento extremo llevó a una oficial de la Policía de Río Negro a perder casi las tres cuartas partes de sus ingresos mensuales a causa de retenciones automáticas.

Al percibir únicamente cerca del 28% de sus haberes liquidados, la agente recurrió a los tribunales para frenar un esquema financiero que ponía en riesgo la subsistencia básica de su grupo familiar.

La Justicia frenó la retención de haberes de una policía que tenía embargado el 72% de su sueldo

La presentación judicial expuso una realidad delicada: la agente es el único pilar económico de su vivienda y tiene bajo su cuidado a una menor de edad que atraviesa un tratamiento de salud que demanda recursos constantes.

Ante este cuadro, los jueces de la Cámara Primera del Trabajo de General Roca hicieron primar el principio de intangibilidad y la función alimentaria del sueldo:

  • Nuevo techo de retención: se ordenó que los descuentos por compromisos crediticios asumidos de forma voluntaria no superen el 33% del ingreso neto, tras aplicar los aportes por ley obligatorios.
  • Reorganización del pasivo: para evitar el ahogamiento económico, las entidades acreedoras deberán adecuar la percepción de sus cuotas de manera proporcional dentro de ese tope máximo permitido.
(Fuente: Shutterstock).
(Fuente: Shutterstock).

El tribunal dejó en claro que la medida adoptada no condona ni anula las deudas vigentes de la trabajadora policial. Su objetivo radica en otorgar una protección cautelar y transitoria mientras se analiza el trámite de fondo, garantizando que disponga del dinero indispensable para la alimentación, vivienda y atenciones médicas de su hija.