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Nuevas cuentas bancarias: estos son todos los requisitos para abrir una, documentos incluídos

Todo lo que necesitas saber a la hora de abrir una cuenta bancaria.

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La contratación de una cuenta bancaria es un trámite indispensable en la vida adulta, especialmente si se comienza a trabajar y a pagar facturas. Si bien es un procedimiento sencillo y habitual, no siempre se sabe cómo encararlo con garantías, por lo que conviene contar con la información previo a la gestión con la entidad.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha presentado una serie de consejos, a través de su página web, para que toda persona que decida abrir una cuenta sepa con claridad cómo comenzar el papeleo, qué trámites deberá hacer y qué opciones están disponibles según las necesidades de cada usuario.

A continuación, te explicaremos cuáles son los documentos que te solicitarán, qué diferencias hay entre una cuenta física y una online y cómo elegir una cuenta corriente.

Cómo abrir una cuenta bancaria

En primer lugar, explica la OCU, lo que hay que tener claro es qué necesitamos de una cuenta bancaria. La premisa es elegir lo que la organización denomina como una "buena cuenta", es decir, una cuenta "que no te cobre por las operaciones más frecuentes y que se ajuste bien a tu perfil".

En el momento de abrir una cuenta, el banco le pedirá al ciudadano cierta documentación con un objetivo muy concreto: ratificar que se va a respetar la normativa contra el blanqueo de capitales y que el usuario no infringe ninguna de las obligaciones que esta conlleva ni que tras la apertura se esconden fines delictivos.

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Qué necesito para abrir una cuenta bancaria

Para abrir una cuenta bancaria, solamente necesitas aportar una serie de documentos que sirvan al banco para cumplir con las obligaciones que le impone la ley de prevención del blanqueo de capitales.

El banco deberá identificar a los clientes mediante su documento nacional de identidad (si son nacionales) o su permiso de residencia (si son extranjeros) y guardar una copia digitalizada del documento identificativo en cuestión.

Disponer de una cuenta bancaria es indispensable para poder gestionar cobros y pagos, y su apertura es un proceso sencillo y al alcance de todos.

Además, precisará conocer el origen de los fondos depositados, o como dice la ley, recabar información de sus clientes "a fin de conocer la naturaleza de su actividad profesional o empresarial" y comprobar "razonablemente" que lo dicho es cierto.

Pero la ley deja en manos de las entidades el procedimiento de verificación y no todas piden lo mismo. Aquí verás los documentos que con más frecuencia se piden y que varían según si trabajas por cuenta propia o ajena. Es decir, es posible que te pidan solo alguno de estos documentos, varios o todos. También es posible que simplemente tengas que rellenar un cuestionario sobre tu actividad profesional:

  • El DNI, el NIE o el permiso de residencia, dependiendo de si eres español o no.
  • La nómina.
  • La declaración de la renta.
  • El contrato de trabajo.
  • El certificado de la empresa que acredite la relación laboral.

Una vez aportada la documentación, solo tendrás que firmar el contrato de cuenta corriente, el contrato de la tarjeta de débito asociada y, si quieres operar online, el contrato de banca electrónica.

Si abres la cuenta acudiendo en persona a una oficina, firmarás allí los documentos y la cuenta estará operativa desde ese mismo momento.

Qué necesito antes de abrir una cuenta bancaria online

Si el ciudadano desea abrir una cuenta bancaria online, debe agregar algunos pasos más.. A la información anterior se le podrían añadir requerimientos extra para demostrar su identidad. Esto, informa la OCU, puede hacerse de tres formas diferentes:

  • Por medio de una firma electrónica.
  • Con un vídeo, videollamada o fotografía revisada por un empleado del banco.
  • Haciendo una transferencia con dinero procedente de otra cuenta abierta a nombre del ciudadano en España.

Qué es una cuenta corriente

Una cuenta corriente es un producto bancario que permite depositar el dinero y disponer de él en cualquier momento. Además, lleva asociado el "servicio de caja", por el que la entidad se obliga a ejecutar las órdenes de pagos y cobros a terceros que reciba del titular

Su finalidad fundamental no es mantener el dinero ahorrado (para eso están los depósitos a plazo, los fondos, las acciones, etcétera), sino ofrecer al usuario un soporte para realizar operaciones de cobro y pago habituales en la vida diaria: el pago de los recibos, el cobro de la nómina o la pensión, la obtención de dinero en efectivo, transferencias, traspasos, ingresos de cheques, etcétera

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Para qué sirve una tarjeta de débito

Las tarjetas de débito son un instrumento de pago que sirve como medio de disposición de los fondos depositados en las cuentas corrientes. Tanto las disposiciones en cajeros automáticos como las compras se cargan de manera inmediata en la cuenta asociada y el límite de disposición de fondos (en compras) viene establecido por el saldo. Aunque se contrata de manera independiente de la cuenta, es casi imprescindible para facilitar la operativa de la cuenta

Qué es una libreta de ahorro

Tradicionalmente las libretas de ahorro eran el principal soporte de las cuentas corrientes. En estos documentos se anotaban todos los movimientos, lo que permitía su consulta por parte de los usuarios.

Este soporte ha ido cayendo en desuso y fue sustituido en su momento por los extractos en papel y en la actualidad por la consulta a través de Internet y app. Sin embargo, todavía hay personas que mantienen sus libretas de ahorro como sistema para controlar los movimientos de sus cuentas, y acuden a sus sucursales para actualizar los movimientos, lo que les aporta confianza y seguridad.

Cómo funciona la titularidad de las cuentas

Las cuentas pueden tener uno o varios titulares. En el caso de cuentas abiertas entre varios titulares, hay unas reglas para la disposición de los fondos depositados, y en función de ellas pueden ser:

Las cuentas bancarias pueden ser solidarias o indistintas, conjuntas o mancomunadas o autorizados a disponer.

  • Cuentas solidarias o indistintas. Es la forma más habitual de disposición. Para poder operar en este tipo de cuentas solo es necesaria la firma de uno de los titulares sin tener en cuenta a los demás. Cada uno de los titulares puede, por su cuenta, sacar dinero, firmar cheques, realizar transferencias u ordenar domiciliaciones. Por tanto, esta forma de disposición requiere que exista una alta confianza entre los titulares.
  • Conjuntas o mancomunadas. En este tipo de cuentas es necesaria la firma de todos los titulares para realizar cualquier tipo de operación, de manera que, si falta alguna firma, no es posible hacerla. Son menos habituales, pues dificultan la operativa, aunque los titulares se garantizan que, sin su firma, nadie podrá disponer de los fondos.
  • Autorizados a disponer. A diferencia de los cotitulares, los autorizados a disponer son las personas a las que los titulares permiten que, en su nombre y representación, puedan operar con la cuenta. Los autorizados, aunque no sean titulares puedan operar de la misma manera que si lo fueran.

Los titulares pueden revocar autorización para disponer en cualquier momento simplemente acudiendo a la oficina. El fallecimiento del titular que la concedió implica la extinción de esa autorización.

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