

El juez federal Martín Cormick rechazó este miércoles el planteo de revocatoria del Poder Ejecutivo y volvió a intimar al Estado Nacional a cumplir, “en el término de cinco (5) días”, con la medida cautelar que ordena aplicar los artículos 5 y 6 de la ley 27.795 de Financiamiento Universitario.
Lo hizo “bajo apercibimiento de astreintes”, es decir, multas por cada día de demora. La resolución, firmada digitalmente el 30 de septiembre, responde a un escrito del Gobierno del 24 de septiembre.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11 recordó que la cautelar, que “adquirió firmeza”, exige el cumplimiento inmediato de “dos de las normas de la ley 27.795”: los artículos 5° y 6°, primer párrafo.
Es decir, no abarca toda la ley, sino “la actualización de los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la ley y la recomposición de todos los programas de becas del estudiantado”.

El artículo 5 dispone que la actualización salarial debe hacerse “en un porcentaje que no puede ser inferior al Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el (INDEC) en el mismo período”. Del informe presentado por el Gobierno, el juez concluyó que hay “elementos que permiten dar base a la consideración de cumplimiento parcial”.
Y precisó: “si bien se han documentado los aspectos de cumplimiento temporáneo en las convocatorias a la negociación paritaria y la efectivización de órdenes de pago, no surge en igual modo respaldado que el cálculo respecto de los aumentos alcanzados y las actualizaciones de los salarios (...) haya sido efectuado del modo estipulado por la norma ponderando las variables de ajuste”.
“Al solo efecto ilustrativo del alcance de la medida”, Cormick señaló que la inflación acumulada entre el 1° de diciembre de 2023 y junio de 2026, cuando quedó firme la cautelar, fue de 312,19% según el INDEC. Y observó que, de las respuestas del Estado, que “refieren a los expedientes correspondientes a las erogaciones”, no se advierte “que se haya alcanzado dicho incremento”.
Becas: solo una
El artículo 6 ordena recomponer “todos los programas de becas del estudiantado (Progresar, Carreras Estratégicas Manuel Belgrano, Enfermería y otras)” según la variación acumulada del IPC.
El juez remarcó que, por la lectura del propio informe oficial, el Gobierno admite haber dado tratamiento “únicamente en relación a una de ellas”.
Según citó el fallo, el Ejecutivo sostuvo que “la única beca que encuadra en los postulados de la Ley N° 27.795 es la denominada Beca Manuel Belgrano”, y que ni Progresar, ni las de enfermería, ni las “otras” corresponden a ese programa, “tal como incorrectamente señala la ley en cuestión”.
Cormick respondió, “sin que ello implique de modo alguno un adelantamiento del fondo de la cuestión”, que “el cumplimiento informado tampoco alcanza a cubrir lo decidido cautelarmente en relación a este punto”.
La apelación y el reclamo del Gobierno
El magistrado sostuvo que los argumentos del Ejecutivo “redundan en argumentaciones rechazadas” cuando se denegó el levantamiento de la cautelar, el 1 de septiembre, resolución que “se encuentra firme”. Por eso concluyó que “no se ha agotado el alcance de la cautelar”.
La ley 27.795 fue vetada por Javier Milei, el Congreso insistió y el Ejecutivo la promulgó mediante el decreto 759/2025, que suspendió su ejecución hasta que se determinaran las fuentes de financiamiento.
El Consejo Interuniversitario Nacional y varias universidades presentaron un amparo colectivo el 29 de octubre de 2025.
El 23 de diciembre, Cormick concedió la cautelar y declaró inaplicable el decreto en ese punto. Según dijo el juez, el decreto presentaba rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”.
La Sala III de la Cámara la confirmó, y el 25 de junio la Corte Suprema (Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti) rechazó el recurso extraordinario del Gobierno por falta de sentencia definitiva y dejó firme la medida.
Antes de eso, el 10 de junio, el Gobierno, el CIN y los gremios firmaron un acta con un incremento de la masa salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento, $50.000 millones para hospitales universitarios y una actualización del 50% de las becas Manuel Belgrano.
El Ejecutivo sostuvo que eso satisfacía “en lo sustancial” los artículos 5 y 6. Las universidades lo consideraron insuficiente. El 1 de septiembre, Cormick rechazó levantar la cautelar porque el Estado “no ha logrado demostrar el impacto positivo sobreviniente” de esos acuerdos.
El 17 de septiembre fracasó la paritaria en Pizzurno: el Gobierno ofreció 3% para septiembre y 3% para octubre, y los sindicatos lo rechazaron. ADUBA y APUBA iniciaron un paro escalonado de 23 días que se extiende hasta el 22 de octubre, y el 15 de octubre habrá una nueva Marcha Federal Universitaria frente a Tribunales.
















