

En cumplimiento de un mandato judicial y en medio de una fuerte reestructuración administrativa, el Gobierno nacional oficializó el inicio del proceso de conversación de oficio de todas las pensiones no contributivas (PNC) por discapacidad otorgadas antes de septiembre de 2025.
La medida, publicada en el Boletín Oficial, implica no solo un cambio de registro, sino una instancia de verificación y auditoría sobre miles de beneficiarios.
El nuevo esquema responde a la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad (N° 27.793). A partir de ahora, las prestaciones pasarán a denominarse Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social.
El trasfondo: un cumplimiento “forzado” por la Justicia
La resolución actual es el capítulo más reciente de una saga legal entre el Congreso, el Ejecutivo y el Poder Judicial. El proyecto de ley de emergencia había sido vetado totalmente por el Poder Ejecutivo a mediados de 2025, pero el Congreso insistió en su sanción.
Posteriormente, el Gobierno intentó suspender su ejecución argumentando la falta de partidas presupuestarias. Sin embargo, un fallo del Juzgado Federal de Campana (causa “J., O.G. c/ Estado Nacional”) del 12 de diciembre pasado, obligó al Ministerio de Salud a reglamentar y aplicar la ley de forma inmediata.
En los considerandos de la norma actual, la Secretaría Nacional de Discapacidad aclara que procede con la medida “sin reconocer hechos ni derechos, ni consentir” los fundamentos judiciales, dejando en claro que el avance se da bajo la presión de las intimaciones judiciales.
Conversión con auditoría: ¿quiénes serán revisados?
El proceso de conversión de oficio alcanza a todas las pensiones otorgadas por la antigua ANDIS (Agencia Nacional de Discapacidad) antes del 22 de septiembre de 2025.
Puntos clave de la medida:
- Verificación de requisitos: la autoridad de aplicación revisará “el cumplimiento actual de los requisitos vigentes al momento del otorgamiento”. Es decir, habrá un cruce de datos para confirmar si los beneficiarios aún califican para la pensión.
- Continuidad del pago: para llevar tranquilidad a los beneficiarios, la resolución aclara que, mientras dure el proceso de verificación y hasta que se dicte el acto administrativo de conversión, los titulares “continuarán percibiendo el pago del beneficio previamente otorgado”.
- Actualización de datos: el Gobierno subrayó la necesidad de contar con datos de contacto y registrales actualizados para “fortalecer la trazabilidad de las acciones estatales” y reducir el riesgo de fraude o errores administrativos.
Reestructuración institucional
La norma también refleja el nuevo organigrama del área. La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) fue absorbida por el Ministerio de Salud, bajo la órbita de la nueva Secretaría Nacional de Discapacidad.
Esta Secretaría, a través de la Subsecretaría de Políticas de Acceso y Apoyo, será la encargada de ejecutar las “Normas Operativas para la Conversión” en un plazo de 15 días hábiles. El objetivo final, según el texto oficial, es lograr un “ejercicio eficiente y responsable de los recursos del erario público”, un eje central en la narrativa de control de gasto de la actual administración.
Los beneficiarios no deberán, en principio, realizar trámites presenciales de forma inmediata, dado que la conversión es “de oficio”. No obstante, la Secretaría quedó facultada para requerir información adicional o citar a los titulares en los casos donde se verifiquen inconsistencias en el cumplimiento de los requisitos.
Con esta medida, el Gobierno busca normalizar el marco normativo tras la derrota legislativa y judicial, pero a la vez abre una ventana para auditar el padrón de pensiones, un área que el Ejecutivo considera prioritaria para el ordenamiento de las cuentas públicas.
















