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Monotributo: AFIP empezó a recategorizar de oficio en febrero, las 9 claves a monitorear

El organismo aplicará la recategorización de oficio a partir de controles informáticos. Aquí el paso a paso de qué considerar para saber si el monotributista fue recategorizado directamente por la AFIP y qué hacer en ese caso.

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Los contribuyentes que están inscriptos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como monotributistas podrían ver modificada su categoría y por tanto el monto a pagar el 20 de cada mes. 

El cambio viene dado a partir de la recategorización de oficio que el organismo recaudador comenzó a realizar nuevamente en febrero, valiéndose del cruce de datos a través de controles informáticos. Así, busca inconsistencias entre los ingresos y la categoría declarada ante la AFIP y el nivel de gastos en los mismos meses.

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Según los antecedentes, la recategorización de oficio de la AFIP tiene lugar cuando el organismo detecta consumos con tarjeta, viajes al exterior, o incluso compra de bienes registrables que no se condicen con el nivel de ingresos correspondiente a la categoría declarada en el monotributo. 

El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes está siendo observado por la AFIP para evitar evasión.

En este caso, el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont puede pasar al contribuyente a una o varias categorías más altas y hasta excluir del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) al monotributista que no pueda demostrar ese nivel de gastos.

La recategorización de oficio estuvo suspendida por la pandemia pero el mes pasado la AFIP retomó la aplicación de la medida, que busca evitar desvíos, que puedan tener impacto en la recaudación del monotributo.

Se estima que ya se han enviado unas 120.000 notificaciones a los contribuyentes recategorizados de hecho, la mayor parte de ellos, subidos a la categoría inmediata superior.

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Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, recordó que la recategorización se realiza dos veces al año, en enero y julio, y que sólo debe cambiar de categoría quien haya registrado modificaciones alguno de los cuatro parámetros considerados. 

La recategorización del monotributo se realiza dos veces al año, en enero y julio

Para ello, semestralmente hay que considerar la superficie ocupada en la actividad, el consumo de electricidad, la facturación (si se supera el máximo de la categoría) y el monto de alquileres devengados anualmente. Además, hay un tope de precio unitario fijado para todas las categorías de bienes muebles ($49.646,21).

Cuáles son las nueve claves

Domínguez analizó también los aspectos a tener en cuenta para que el contribuyente sepa si fue recategorizado de oficio por la AFIP por controles informáticos.

1) ¿Cómo saber fuiste recategorizado de oficio?

Para ello, la AFIP debe notificarte en el domicilio fiscal electrónico declarado. La notificación debe ser como la siguiente:

2) ¿Cómo saber cuál fue la razón de la recategorización de oficio?

Para eso hay que ingresar al servicio "Monotributo - Recategorización de Oficio" y allí clickear en "Ver Motivo/S De La Recategorización". Aparecerá una leyenda como la siguiente:

3) ¿Cuáles son los casos más comunes de recategorización?

Lo más usual es que los monotributistas hayan facturado servicios o venta de bienes por importes superiores a la categoría en que estaban inscriptos y no se recategorizaron en enero de 2022, la última fecha para hacerlo.

4) ¿Qué debes hacer si la recategorización de oficio de la AFIP es correcta?

En ese caso, tenés que aceptarla a través del portal web (https://monotributo.afip.gob.ar/Public/landing-monotributo.aspx).

5) ¿Qué hacer si no estoy de acuerdo con la recategorización de oficio?

Se puede interponer un recurso de apelación ante el Director General, previsto en el art. 74 del Decreto Reglamentario de la Ley 11.683.

6) ¿Cuál es el plazo para interponer el recurso?

Debés hacerlo dentro de los 15 días hábiles administrativos posteriores a la notificación realizada al domicilio fiscal electrónico.

7) ¿Cómo presentar el recurso?

Hay que ingresar a la opción "Presentar Recurso" del servicio "Monotributo - Recategorización de Oficio".

8) ¿Se puede presentar el recurso sin contratar a un profesional matriculado?

Sí, es posible hacerlo sin necesidad de que intervenga un profesional matriculado. Pero hay que considerar que por la importancia del recurso y de las eventuales consecuencias, es recomendable tener un buen asesoramiento con un profesional matriculado. 

Un dato que señala Domínguez, es que por ejemplo, este recurso se resuelve sin sustanciación, lo que quiere decir que no se abrirá a prueba. Si el monotributista, sin un debido asesoramiento, ofrece una prueba que no sea producida en la instancia administrativa, perderá la posibilidad de demostrar sus dichos antes de la resolución que tome la AFIP.

9) ¿Desde cuándo rige la recategorización de oficio?

Si queda confirmada la decisión administrativa, la recategorización de oficio producirá efectos a partir del segundo mes inmediato siguiente al último mes del semestre calendario respectivo, y las obligaciones de pago resultantes serán de aplicación al período comprendido entre el primer día del mes siguiente al de la recategorización y el último día del mes en que deba efectuarse la siguiente recategorización. 

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