Los sindicatos aeronáuticos disparan contra la esencialidad: el Gobierno "se apresta a volar"
En un comunicado, advirtieron que la implementación de esta reglamentación comprometería la responsabilidad administrativa y penal de los funcionarios involucrados.
Los sindicatos aeronáuticos emitieron un comunicado en el que expresaron su rechazo ante la posibilidad de que el Ministerio de Capital Humano reglamente la esencialidad del servicio aeronáutico comercial. Según el texto difundido, la medida tendría como objetivo "garantizar servicios mínimos", lo que los gremios consideran una acción arbitraria e ilegal. Advirtieron que la implementación de esta reglamentación comprometería la responsabilidad administrativa y penal de los funcionarios involucrados.
El comunicado destacó que el transporte ya está regulado como servicio público de importancia trascendental en el marco de la ley 25.877, que reglamenta el derecho de huelga. Según los sindicatos, el intento de utilizar el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 para establecer un procedimiento particular en el transporte aéreo sería inconstitucional y nulo. Argumentaron que la Cámara de Trabajo ya invalidó el DNU en una sentencia emitida en enero de este año, señalando que la única forma de modificar el derecho de huelga es a través de la modificación de la ley que lo regula.
Además, subrayaron que el sistema actual para regular la huelga en Argentina está establecido por el artículo 24 de la ley 25.877 y su reglamentación, el Decreto 272/06. Este mecanismo, conforme a los principios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), otorga a una "Comisión de Garantías" la facultad de declarar como esencial a un servicio público de importancia trascendental. De ser así, dicha comisión tiene la potestad de determinar los servicios mínimos, en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo. Cualquier acto administrativo emitido fuera de este marco sería, según los gremios, nulo e ilegal, además de constituir un "exceso de poder, abuso de autoridad y violación de los deberes del funcionario público", en referencia al artículo 248 del Código Penal.
En cuanto al conflicto salarial vigente con Aerolíneas Argentinas, los sindicatos sostuvieron que la ilegalidad de la reglamentación propuesta por el Ministerio sería aún más evidente, al tratarse de una empresa pública regulada y administrada por el propio gobierno. Esta doble condición del Estado como regulador y empleador violaría los principios de imparcialidad establecidos por el Convenio 151 de la OIT. En este contexto, afirmaron que Aerolíneas Argentinas podría beneficiarse de una posición preferente frente a otros actores del sector, al estar dirigida por funcionarios designados por el gobierno.
El comunicado también señaló la omisión del Ministerio de Capital Humano en cumplir su rol como mediador en los conflictos colectivos, tal como lo establece la Ley 14.786. De acuerdo con los gremios, aunque se aplicó esta ley para suspender la huelga por 20 días hábiles, las autoridades no convocaron a las partes ni una sola vez para intentar alcanzar un acuerdo. Además, denunciaron que las declaraciones oficiales y los comunicados emitidos por funcionarios públicos en medio del conflicto constituyen presiones que amenazan con limitar los derechos constitucionales, lo cual resulta incompatible con su vigencia.
Particularmente, en el caso del secretario de Trabajo, los sindicatos cuestionaron su accionar. Según el comunicado, este funcionario no sólo ha sido representante del sector empleador en las conferencias de la OIT, sino que también formó parte de la Comisión de Garantías, encargada de implementar los servicios mínimos en casos de huelga en servicios esenciales. Los gremios señalaron que, de firmar actos que regulen la huelga fuera del marco legal vigente, el secretario incurriría en varias faltas: "participaría en la regulación y/o aplicación de limitaciones a la huelga", "violaría la imparcialidad del Estado" y "estaría incumpliendo la obligación de funcionamiento de la Comisión de Garantías", entre otras.
Finalmente, el comunicado concluyó instando a las autoridades a evitar la consumación de lo que consideran un ilícito, reconociendo el marco legal vigente y garantizando el derecho constitucional de huelga.
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