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Jubilados, AUH ANSES y monotributistas: la lista de los únicos productos que entrarán en la devolución del IVA

La medida alcanzará también a empleadas domésticas, pensionados y trabajadores que cobre menos de $ 708.000 por mes.

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El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció el miércoles el reintegro del IVA para las compras de jubilados, monotributistas, trabajadores que cobren menos de $ 708.000 y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) desde el próximo lunes.

La decisión del funcionario se dio en posterioridad de la publicación del dato de inflación que en agosto escaló a 12,4% e impactó en todos los sectores. 

Devolución del IVA, ¿qué productos entrarán en la medida?

Massa anunció que el reintegro solo se aplicará en compras con tarjeta de débito y exigió a los comercios "que utilicen la venta formal para no robarle el beneficio de la devolución del IVA a la gente".

Así, el beneficio será aplicable tanto en verdulerías como en carnicerías, fruterías y mini y grandes supermercados. 

Los productos que tendrá la devolución del IVA

  • Alimentos;
  • Frutas;
  • Lácteos;
  • Bebidas;
  • Verduras;
  • Carnes;
  • Objetos de aseo personal,
  • Productos de higiene del hogar.
El reintegro del IVA aplica en todos los productos de la canasta básica como alimentos, bebidas e higiene. 

¿Cómo será la devolución del IVA?

La medida regirá desde el próximo lunes 18 de septiembre y tendrá efecto en "más de 10 millones de personas". El tope máximo de reintegro será de $ 18.000 por persona.

La devolución se hará de forma automática sin necesidad de realizar ningún trámite adicional. El funcionario agregó que los comercios tampoco tendrán que enfrentar procesos burocráticos al respecto.

Se espera que para 2024 el proyecto de ley ya sea sancionado.

¿Quién tiene derecho a la devolución del IVA?

La medida aplica sobre 5 grupos:

  • Monotributistas de todas las categorías con ingresos menores a $ 708.000 por mes;
  • Empleados en relación de dependencia con ingresos de hasta 6 salarios mínimo vital y móvil y desafectados del nuevo piso de Ganancias;
  • Trabajadoras de Casas Particulares;
  • Titulares de AUH y todos los beneficiarios de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES),
  • Jubilados.

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