Ganancias: el saldo a favor que se generó en enero y cuándo conviene usar el dólar tarjeta
Los sueldos de enero se pagaron antes de la publicación de las nuevas tablas de Ganancias por lo que se cobró impuesto de más. Cuándo se recupera y en qué momento en conveniente usar el dólar tarjeta con inflación a la baja.
Con el 2,7% en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre se conoció que el monto a partir del cual se paga el impuesto a las Ganancias debía ajustarse un 7,8% en enero y con ello, se generó un saldo a favor. Cuándo se recupera y si conviene usar dólar tarjeta con inflación a la baja.
En la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes se estableció de forma excepcional un ajuste en enero de 2025 por el acumulado de inflación de los últimos tres meses del 2023 del Mínimo No imponible (MNI) y de las deducciones personales y familiares.
Así, a partir del primer mes de 2025, los asalariados solteros pagan el impuesto a las Ganancias a partir de $ 2.284.710,4 brutos, mientras que los casados con dos hijos lo hacen desde $ 2.791.144, ambos brutos. Pero los sueldos, en la mayoría de los casos, se pagaron aplicando los montos anteriores.
"Los que pagaron sueldos entre el 1º de enero y el día hoy están aplicando las retenciones con las escalas del año pasado, por lo que se retuvo de más de impuesto a las Ganancias", destacó el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez.
Por lo que en el sueldo febrero, cuando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya haya publicado las nuevas tablas, se va a recalcular lo que se pagó de más en enero, y el saldo a favor que se devolverá rápidamente.
Una postura con la que coincidió el contador Marcos Felice quien en conservación con El Cronista afirmó: "Con el próximo pago se debería hacer el ajuste y reintegrar la diferencia que corresponda por la aplicación de las nuevas tablas del impuesto".
El próximo ajuste
Con el ajuste de enero, se terminan los excepcionales que se establecieron en la legislación y comienza a correr la regla general de dos ajustes por año: uno en julio por el acumulado del IPC de los primeros seis meses del año y otro en diciembre por los últimos seis.
Un mecanismo de actualización que fue advertido por la presidenta del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, Gabriela Russo en contexto de baja inflación como el que se espera para 2025.
"Está previsto que sea por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), pero si la proyección es que la inflación va a bajar, ese indicador no va a ser representativo de la realidad económica. Tendría que haber otro para esos escenarios, hasta ahora se empleaba la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), podría seguir utilizándose", destacó durante el debate de la Ley.
Consumos con dólar tarjeta
Frente a la proyección de inflación para el 2025 del Gobierno (18,3%), los especialistas destacan que para aquellos contribuyentes que tributan Ganancias resulta más conveniente el pago de consumos en el exterior con dólar tarjeta.
Ante la eliminación del impuesto PAIS, el 22 de diciembre pasado, por Ley y el compromiso del Gobierno de no renovarlo, cambio la fórmula de la cotización. A partir de ese momento es dólar oficial más un 30% de percepciones de Ganancias o Bienes Personales.
"Con una inflación del 18% anual como proyecta el Gobierno y frente a la cotización que hoy tiene el dólar MEP es conveniente pagar los consumos en el exterior con dólar tarjeta, pagar en pesos", destacó Domínguez.
Dado que en ese escenario no habría una licuación importante de las percepciones. Sin embargo, Felice destacó que la devolución de las mismas es a partir del 1º de enero de 2026 (para quienes no tributan el impuesto) o en los casos que si, en la declaración jurada de Ganancias.
"Hay que ver lo que le conviene financieramente a cada contribuyente: si confiar en que la recuperación va a hacer rápida y ganarle al valor en dólar y la inflación, o ir al dólar MEP que es más barato, si no se cuenta el recargo recuperable del tarjeta", comentó.
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