Cada actualización del Impuesto a las Ganancias reabre la misma pregunta entre quienes cobran una jubilación o una pensión: quiénes deben seguir pagando el tributo y qué alternativas existen cuando consideran que esa retención no corresponde.
Durante 2026 esa discusión sumó un elemento nuevo: la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) cambió su estrategia judicial en las causas iniciadas por jubilados que cuestionan las retenciones del Impuesto a las Ganancias.
Jubilados alcanzados por Ganancias
Según explican desde el estudio jurídico Dobias & Pisani, ARCA cambió la estrategia en esos procesos al reconocer la “reiterada jurisprudencia” de la Corte Suprema y ordenar a sus representantes dejar de presentar determinados recursos contra las sentencias desfavorables, además de desistir de algunos que ya estaban en trámite.
Para los jubilados que ya habían iniciado un reclamo, esto implica que esos expedientes pueden continuar sin que el organismo presente determinados recursos que hasta ahora utilizaba para cuestionar las sentencias desfavorables. Ese cambio se limita a las causas alcanzadas por la instrucción interna y no modifica, por sí solo, el régimen del impuesto.
El propio estudio aclara que “la instrucción regula cómo debe actuar el organismo dentro de juicios ya iniciados; no es una decisión que suspenda el cobro del impuesto de manera general ni automática”. Por ese motivo, quienes no promovieron un reclamo judicial continúan sujetos al régimen vigente y siguen viendo las retenciones en sus recibos de haberes.
El piso de Ganancias para jubilados
La actualización aplicada en agosto ubicó el piso del impuesto para jubilados y pensionados en torno de los $ 3.358.207 mensuales, equivalentes a ocho haberes mínimos.

En términos generales, quienes perciben ingresos inferiores a ese monto y no cuentan con otras rentas relevantes continúan fuera del alcance del tributo.
Según detalla la especialista, el universo alcanzado reúne aproximadamente 180.000 personas y está integrado, principalmente, por jubilados y retirados provenientes de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad, el Poder Judicial, el Servicio Exterior de la Nación y otros regímenes especiales cuyos mayores aportes durante la vida activa derivaron en haberes previsionales también más elevados.
Cómo impacta ese cambio en la práctica
Para los jubilados que ya iniciaron un reclamo judicial contra las retenciones del Impuesto a las Ganancias, el escenario procesal es distinto al de años anteriores.
ARCA dejó de apelar de la misma manera los fallos favorables a los jubilados en este tipo de causas. Según explica la abogada Mariela Dobias, el cambio quedó plasmado en una instrucción interna que reconoce la “reiterada jurisprudencia” de la Corte Suprema y dispone dejar de presentar determinados recursos, además de desistir de algunos que ya estaban en
El alcance de esa decisión, sin embargo, tiene límites precisos.
“La instrucción regula cómo debe actuar el organismo dentro de juicios ya iniciados; no es una decisión que suspenda el cobro del impuesto de manera general ni automática”, señalan desde el estudio.
Cabe reiterar que quienes no iniciaron una demanda continúan sujetos a las retenciones previstas por el régimen vigente.

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