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La Federación Nacional de Trabajadores Camioneros y las cámaras empresarias del transporte de cargas acordaron una actualización salarial para los trabajadores comprendidos en el CCT 40/89.

El acuerdo contempla un esquema de aumentos entre septiembre de 2026 y febrero de 2027. Para octubre está previsto un incremento del 1,7%.

La recomposición salarial se extenderá hasta febrero de 2027, con incrementos mensuales acumulativos.

Además, esta recomposición en tramos llegará acompañada de una suma fija no remunerativa y un bono anual de $ 1.200.000 que se abonará a partir del próximo año.

Paritarias de camioneros: cuáles son los próximos aumentos

La escala establece un incremento de los haberes dividido en seis tramos, que se acreditará de la siguiente manera:

  • Septiembre 2026: 1,8%.
  • Octubre 2026: 1,7%.
  • Noviembre 2026: 1,7%.
  • Diciembre 2026: 1,6%.
  • Enero 2027: 1,6%.
  • Febrero 2027: 1,5%.

Además, el acuerdo contempla sumas fijas y un bono extraordinario de $ 1.200.000, previsto para enero de 2027.

El acuerdo fue homologado por la autoridad laboral mediante la Disposición 455/2026, publicada en el Boletín Oficial. El texto oficial confirma que las partes pactaron nuevas condiciones salariales para el CCT 40/89.

Aumento a camioneros en octubre.
Aumento a camioneros en octubre.

Otros gremios que tendrán un aumento de sueldo

Los trabajadores de la construcción, comprendidos en los CCT 76/75 y 577/10, también tienen previsto un nuevo aumento del 1,8% en octubre.

El acuerdo firmado por la UOCRA, la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) y la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC) contempla tres incrementos mensuales:

  • Septiembre: 1,9%.
  • Octubre: 1,8%.
  • Noviembre: 1,7%.

Los aumentos son acumulativos y se aplican sobre los salarios básicos correspondientes al período anterior.

La autoridad laboral homologó el acuerdo mediante la Disposición 468/2026, publicada en el Boletín Oficial el 22 de septiembre. La norma identifica expresamente a la UOCRA y a las cámaras empresarias firmantes y señala que el acuerdo corresponde a los CCT 76/75 y 577/1