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Blanqueo, Ganancias y monotributo: cuándo entrarán en vigencia los cambios

La redacción del proyecto revela a partir de qué momento comenzarán a regir las medidas impositivas que aprobó la Cámara de Diputados. La primera y el caso particular del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

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Tras más de seis meses en el poder, este viernes el Gobierno, aunque con modificaciones sustanciales respecto a la versión original, obtuvo su primera victoria en el Congreso con la aprobación de la Ley Bases y el capítulo fiscal. Los tiempos en que entrarán en vigencia las medidas.

A pesar de que algunos diputados dialoguistas estaban seguros y calificaban el debate en la Cámara de ayer como un "trámite" por el poroteo, hasta último momento, prevaleció la tensión, en especial por la reversión de la reforma del impuesto a las Ganancias donde los votos estaban más justos.

Finalmente, con una mayoría más holgada de la que se esperaba de 136 votos a favor y 116 en contra, el oficialismo logró insistir con la propuesta que obtuvo media sanción en mayo en Diputados tras el rechazo en el Senado al igual que con el Régimen Especial para el ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).

Como también en el Régimen de Regularización de Activos -con los cambios del Senado-, la moratoria por deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social y los cambios en el monotributo sobre los que no había dudas por aprobación en ambas cámaras.

Lo que abre una cuenta regresiva para la implementación de las mismas. Y si bien, todas entrarán en vigencia a partir de la publicación de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes en el Boletín Oficial, para algunas de ellas se establecieron tiempos específicos de reglamentación.

La primera: el blanqueo

La redacción del proyecto, con un tiempo límite para la reglamentación, expuso la intensión del Gobierno de que la primera medida que se implemente sea el nuevo blanqueo de capitales con una alícuota de 0% hasta u$s 100 mil y para montos superiores de 5%, 10% y 15% según la etapa.

"El Poder Ejecutivo nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV) deberán dictar las respectivas reglamentaciones en un plazo máximo de 10 días a contar desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial", estipularon en el artículo 44 de la versión del Senado.

Una disposición que responde a los tiempos de la iniciativa en donde se fijó que la "Etapa 1" (alícuota 0% hasta u$s 100 mil y del 5% para montos superiores) será desde el día siguiente de la reglamentación de AFIP hasta el 30 de noviembre de 2024, inclusive.

Ganancias: ¿Desde julio?

Dada la importancia de la reversión de la reforma de Ganancias para las finanzas provinciales, al coparticiparse la recaudación, según pudo saber El Cronista, el Gobierno priorizará la reglamentación del nuevo esquema de liquidación.

El cual por la aplicación del Mínimo No Imponible (MNI) y las deducciones llevará a que lo paguen los asalariados solteros desde $ 1,8 millones brutos y los casados con dos hijos a partir de $ 2,3 millones (ambos brutos).

Pero las prioridades del Gobierno deberán encuadrarse en los tiempos de la AFIP. "La reglamentación llevará 15 días", reveló una fuente oficial del organismo a este medio. Así, en caso de que se publique la ley en el Boletín Oficial, la semana que viene, en el mejor de los casos, estaría para mediados de julio.

Monotributo: espera de un mes

En cuanto al monotributo, la aplicación de las nuevas escalas de facturación (de $ 6,5 millones anuales para la categoría A y de $ 68 millones para la K), la posibilidad de brindar para las últimas tres (I, J y K) "Locaciones y prestaciones de servicios" y la reincorporación de los excluidos del 2024 deberá esperar. "Entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto a partir del primer día del mes inmediato siguiente al de su entrada en vigencia, inclusive", estipularon.


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