

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), que lidera Armando Cavalieri, cerró un nuevo acuerdo paritario para trabajadores del sector.
El entendimiento, exclusivo para la rama acopio cerealero (CCT 130/75), establece un incremento salarial del 5% para el trimestre comprendido entre abril y junio de 2026, junto con el pago de montos fijos no remunerativos para sostener el poder adquisitivo.
Según el documento oficial rubricado por las partes, el aumento del 5% se aplicará de forma escalonada, nominal y no acumulativa. El cronograma de pagos se dividirá en tres tramos:
- 2% a partir del mes de abril
- 1,5% desde mayo
- 1,5% con los salarios de junio.
Todos los porcentajes porcentuales se liquidarán tomando como base de cálculo los sueldos básicos de marzo de 2026, sumando los montos no remunerativos vigentes a esa fecha.
Además del esquema de porcentajes, el gremio y las entidades patronales acordaron prorrogar el pago de las sumas fijas no remunerativas de $ 40.000 y $ 60.000 (un total de $ 100.000) que se habían pautado previamente. Estos montos se mantendrán intactos durante abril, mayo y junio.
A la par, se determinó el otorgamiento de una nueva compensación única y extraordinaria de $ 20.000 mensuales que se liquidará bajo la leyenda “Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026”.

Un dato determinante para la conformación del salario de los trabajadores de la actividad es el destino de estas asignaciones. La totalidad de las sumas no remunerativas mencionadas —tanto los $ 100.000 prorrogados como el nuevo bono de $ 20.000— se extinguirán como conceptos por separado y pasarán a incorporarse de manera definitiva a los salarios básicos convencionales a partir del mes de julio de 2026.
El pacto salarial, firmado ante los representantes de CONINAGRO, la Federación de Acopiadores y el Centro de Exportadores de Cereales, incluye una cláusula de revisión a corto plazo.
Como parte integral de la negociación, el convenio ratifica una contribución adicional, excepcional y solidaria a cargo de la parte empresaria para garantizar las prestaciones del sistema de salud
Los empleadores de la rama cerealera deberán abonar a la obra social OSECAC la suma de $ 28.000 mensuales por cada trabajador dependiente que se encuentre comprendido en el convenio colectivo.

















