El Gobierno definió nuevas restricciones para poder acceder al dólar CCL
Quienes accedan a los planes de facilidades de pago para saldar obligaciones, otorgado por el Gobierno, estarán restringidos para comprar el dólar contado con liquidación (CCL).
Luego de que la semana pasada, el ministro de Economía, Sergio Massa, anunciara un paquete de medidas, este viernes la AFIP, a cargo de Carlos Castagneto público el reglamento del régimen de factibilidades de paga para la regulación de deudas.
El candidato de presidente del oficialismo estableció un régimen de facilidades de pago con el objetivo de que se regularizaricen las obligaciones impositivas y de recursos de seguridad social -con intereses y multas- hasta el 31 de agosto de 2023 inclusive. Y las multas y cargos por tributos a las importaciones o exportaciones -con sus intereses-.
La medida apunta a alcanzar a los pequeños contribuyentes que se encuentren en el "Sistema Registral" como también para aquellos que no estén registrados, pero que cumplan los requisitos y se acrediten. Junto con las micro, pequeñas y medianas Empresas -Tramos 1 y 2- con "Certificado MiPyME" y las entidades sin fines de lucro.
Según comunico la AFIP, habrá 4 tipos de planes dependiendo del tipo de obligación:
Por deuda general: para las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidos los aportes previsionales de los trabajadores autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
Por deuda de aportes de la seguridad social: para a los trabajadores en relación de dependencia, aun cuando la misma se encuentre en gestión judicial.
Por deuda de retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social, aun cuando estén en gestión judicial.
Por deuda aduanera: para las multas impuestas, los cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y a las liquidaciones de los citados tributos.
Pero la resolución general 1.416/23 vino con nuevas restricciones para el acceso al dólar CCL. "Será causal de rechazo del presente régimen, la adquisición -mientras el plan se encuentre vigente- de títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera mediante transferencia en custodia al exterior (CCL)", notifico el organismo.
"Será causal de rechazo del presente régimen, la adquisición -mientras el plan se encuentre vigente- de títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera mediante transferencia en custodia al exterior (CCL)", notifico el organismo.
Así, quienes accedan a las facilidades de pago otorgado por el Gobierno estarán inhabilitados, durante los meses del plan, para comprar dólar CCL. En caso de hacerlo, la AFIP tendrá el derecho a dar por caducado el régimen y los contribuyentes o responsables deberán cancelar el saldo adeudado mediante una transferencia electrónica de fondos.
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