

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo histórico que redefine las obligaciones de los albergues privados ante emergencias sanitarias, como el repunte de casos de Covid-19 a fines de diciembre de 2025.
Pese a que la pandemia ha quedado en el pasado, sus secuelas y repercusiones continúan presentes, generando transformaciones en la sociedad. Según el comunicado más reciente de la SCJN, la resolución establece estándares de cuidado para personas mayores y delimita las responsabilidades entre instituciones y familias, priorizando medidas razonables sin comprometer la dignidad.

Nuevas responsabilidades en situaciones de emergencia sanitaria
La Suprema Corte también descartó negligencia por no trasladarla de inmediato, al valorar que se siguieron protocolos y se comunicó oportunamente el estado de salud de la residente.
El Alto Tribunal concluyó que el albergue cumplió al “contar con un área de aislamiento temporal, seguir las indicaciones del médico tratante y avisar de forma oportuna a la familia”.
El impacto del aislamiento sanitario en la dignidad de los adultos mayores
El fallo de la Suprema Corte quedó contemplado en el Amparo Directo 23/2025, que fue resuelto en la segunda semana de diciembre.
La Suprema Corte precisó que el aislamiento es válido “siempre que no se convierta éste en un espacio indigno”, reforzando estándares de trato y cuidado en albergues privados.
El fallo afirma que habilitar un piso de aislamiento “no es un acto inhumano ni contrario a la Ley”, sino una medida sanitaria razonable para proteger al resto.














