Bitcoin y criptomonedas: qué es legal, qué se declara, cuánto impuesto pagan y cómo se compran

Qué impuestos pagan las criptomonedas en la Argentina y en dónde consultar su regulación.

El ecosistema cripto en la Argentina es uno de los más desarrollados en toda América Latina. Según datos de Statista, el país ocupa el cuarto lugar en el mundo en términos de penetración de criptomonedas, con más de 400.000 usuarios activos. Por otro lado, Buenos Aires es la segunda capital de las monedas virtuales en el mundo.

Aunque la regulación en la Argentina todavía no es clara, la comercialización y el uso de criptomonedas es legal. De hecho, para comprar criptomonedas solo hay que tener en cuenta que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) las considera como "activos líquidos" y, por lo tanto, son legales de comprar. ¿Por qué los considera un activo líquido? Según el BCRA, están "libres de restricciones ya que pueden convertirse en efectivo en forma inmediata con poca o nula pérdida de valor de mercado".

Un dato a tener en cuenta es que si se compran criptomonedas con tarjeta de crédito no solo pagarán la nueva alícuota del 35% y el impuesto PAÍS del 30%, sino que las operaciones deberán ser autorizadas por la entidad bancaria.

La idea de crear una criptomoneda propia obsesiona a funcionarios públicos y el debate llegó a la agenda política por primera vez en 2019, cuando la Fundación Inclusión Productiva le propuso a Alberto Fernández eliminar la evasión con un "cripto peso digital". El proyecto llegó a manos de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y de la Unión Industrial Argentina (UIA). Según los creadores del proyecto, el Estado recaudaría varios millones por año.

Entonces, por el momento, la transacción es legal pero como las criptomonedas mueven mucho dinero en el país, algunos políticos están empezando a ponerle un ojo encima para regular su compra-venta. En varias provincias, como la de Catamarca, los gobernadores presentaron proyectos al Ministerio de Economía para crear un "peso digital". Según fuentes consultadas, la propuesta no obtuvo el visto bueno de Martín Guzmán, actual ministro de economía. En tanto, no sería extraño que el Gobierno avance efectivamente con una ley de criptodivisas para "frenar" las regulaciones de cada provincia. En definitiva, lo que busca el Gobierno es promulgar una ley vertical que abarque a todo el país, provincias y municipios.

¿Por qué las provincias no pueden "crear" su propia criptomoneda? Precisamente, el artículo 126 de la Constitución Nacional (CN) afirma que "las provincias no ejercen el poder delegado a la Nación (...) ni acuñar moneda; ni establecer bancos con facultad de emitir billetes, sin autorización del Congreso Federal".

Por otro lado, en marzo del año pasado, justo antes de la pandemia, el Ministerio del Interior convocó una reunión con especialistas para evaluar la posibilidad de emitir criptomonedas a nivel provincial y municipal. Sin embargo, el proyecto fue pausado debido a la pandemia.

Maslatón junto a Massa. 

Otro líder político que se unió al debate de la regulación de criptomonedas es Sergio Massa, el presidente de la Cámara de Diputados. Recientemente, tuvo una reunión con el abogado Carlos Maslatón sobre "la situación criptográfica nacional, Bitcoin, Ethereum, Tether y las perspectivas del mercado".

En cuanto a regulaciones vigentes sobre las criptodivisas, Córdoba avanzó efectivamente con un nuevo gravamen aplicado a las criptomonedas. Incorporaron al código tributario un impuesto sobre ingresos brutos a las operaciones relacionadas con monedas digitales. A raíz de la reglamentación, tributan el 4,75% -la alícuota general- y la normativa está dirigida a los agentes de intermediación en compra y venta de monedas digitales que operan en la provincia. Pero no termina acá: los ingresos percibidos por la venta de criptomonedas digitales, recibidas en carácter de pago por la venta de un bien o por un servicio, también tributan una alícuota especial del 0,25%.

Una de las razones fuertes para que los gobiernos quieren regular las criptomonedas es que estos activos financieros ofrecen un gran anonimato a sus portadores. A través de diferentes tecnologías de encriptación, es muy complejo rastrear al usuario final de una wallet (el repositorio de bitcoins y otras criptomonedas).

En la Argentina, a mitad del año pasado se dio a conocer que la Unidad de Información Financiera (UIF) puso en marcha una investigación dirigida a recabar información sobre los tenedores de criptomonedas con el fin de "disponer de datos actualizados respecto a ese tipo de operatorias y adecuar el sistema de prevención de lavado de activos" y de financiación del terrorismo, a la vez que ordenó a una serie de sujetos y entidades a reportar cualquier transacción que pudiera considerarse sospechosa.

El próximo paso es que AFIP reconozca la transacción de criptodivisas como una actividad económica y que se sume a la categoría E. Esta categoría es utilizada para personas que cobran servicios del exterior y podría también ser implementada para justificar el ingreso de divisa criptodivisa.

Por otra parte, en el caso que los bancos comiencen a vender criptodivisas en su cartera, deberán ofrecer el uso de billeteras frías. ¿Qué es una billetera fría y para qué sirve? Este tipo de cuentas requieren un dispositivo externo para validar cualquier tipo de transacción. Estos dispositivos funcionan con contraseñas y actúan como llaves de seguridad. Además, no requieren el uso de conexión a internet. Se pueden comprar y las más populares son las Ledger y Trezor. Pueden conseguirse a través de plataformas como MercadoLibre en cuotas.

Billetera fría.

¿Cuál es la diferencia entre una billetera fría y un Exchange? Este último no permite realizar operaciones y transacciones offline, es decir, siempre necesita conectividad a una red para intercambiar criptomonedas.

Finalmente, un antecedente positivo para los cripto entusiastas fue que en noviembre del año pasado, se dio a conocer que el exchange Settle Network lanzó dos nuevas monedas estables, una en Argentina (ARST) y la otra en Brasil (BRLT). Ambas monedas estables se basan en la blockchain Stellar y son las primeras en cada país. Según el informe de Crowdfund Insider, ARST está respaldada al 100% por el peso argentino y BRLT por el 100% de los reales brasileños. Al parecer, ambos involucran verificación KYC de grado bancario, controles AML y monitoreo de la blockchain.

Qué impuestos pagan las criptomonedas en la Argentina

El marco regulatorio de las criptomonedas en el país puede consultarse en este enlace. En resumen, una persona que compra y vende criptomonedas, puede enfrentarse a los siguientes impuestos:

IVA:

La Ley no lo especifica, pero la doctrina coincide en que la compraventa de criptomonedas no estaría gravada en el impuesto (y por lo tanto no haría falta la inscripción en IVA).

Bienes personales:

La ley no lo aclara, y acá algunos opinan que la tenencia de criptomonedas está gravada y otros que se inclinan por su exención. No existe una posición unánime: aquella más cercana al fisco dice que los criptoactivos están gravados, mientras que la más alejada sostiene que las criptos son un bien inmaterial, por lo que estarían exentas. En cualquier caso, la opinión generalizada es que eventualmente AFIP va a interpretar que las criptomonedas están gravadas y va a exigir el correspondiente pago del impuesto.

Ganancias:

Las modificaciones que recibió este impuesto en 2019 (como la exención de las ganancias por la venta de títulos públicos y otros valores que cotizan en la Bolsa local) no afectaron a las monedas digitales, que continúan gravadas.

La ley diferencia, al momento de liquidar, la fuente de la ganancia: si es extranjera, se puede llegar a pagar15% de alícuota por el Régimen General. Y si esta es argentina, se va a liquidar a través de "cédula de ganancia (más información, aquí); paralelamente, el Régimen General, y, en ese caso, la alícuota puede ser de entre el cinco y el 15%: cinco si la ganancia se dio en pesos, y 15 si se realizó en dólares.

¿Hay que pagar aunque haya hecho una sola transacción? Si se supera el mínimo de ganancia anual, sí. El autor del informe detalla la fórmula acá.

Monotributo:

No podría encuadrarse la compra y venta de criptomonedas en este régimen.

Ingresos brutos:

Sobre este impuesto, que es de naturaleza provincial, las leyes locales no dicen nada. Estaría gravada la venta en caso de que se cumplan una serie de requisitos: la habitualidad (no puede ser algo que se haga una sola vez), la onerosidad (esto se cumple siempre) y la territorialidad (encontrarse en territorio provincial, pero aquí hay problemas: una de las características de las criptomonedas en su desterritorialización).

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