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Quienes viajan al exterior y regresan a la Argentina deben tener en cuenta los límites establecidos por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) para ingresar productos comprados en otros países.

La franquicia depende del medio de transporte utilizado y permite traer objetos por un valor determinado sin pagar impuestos adicionales.

Si se supera ese monto, el viajero deberá abonar un arancel sobre el excedente, de acuerdo con las condiciones del Régimen de Equipaje.

Cuál es el límite para ingresar compras del exterior a la Argentina

La franquicia cambia según el tipo de transporte y contempla tanto los productos que se llevan en el equipaje como las compras realizadas en el free shop de llegada.

Imagen ilustrativa de ARCA.
Imagen ilustrativa de ARCA.

Por vía terrestre o fluvial:

  • USD 300 en equipaje.
  • Sin franquicia para compras en el free shop de llegada, excepto en Puerto Iguazú, donde el límite es de USD 500.

Por vía aérea o marítima:

  • USD 500 en equipaje.
  • USD 500 adicionales para compras en el free shop de llegada.

Estos montos son mensuales y no acumulables. En el caso de los menores de 16 años, la franquicia equivale al 50% de la correspondiente a los adultos.

Además, cuando viaja un grupo familiar integrado por matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados, los integrantes pueden utilizar sus franquicias en forma conjunta.

Qué pasa si se supera el valor permitido por ARCA

Cuando el precio de un objeto supera el límite establecido, el viajero debe pagar un arancel equivalente al 50% del excedente. Esto significa que el impuesto no se calcula sobre el valor total de la compra, sino únicamente sobre la parte que supera la franquicia.

Por ejemplo, si una persona regresa por vía aérea con un producto de USD 600, cuenta con una franquicia de USD 500. Los USD 100 excedentes generan un arancel de USD 50, que deberá abonar para ingresar el artículo al país.

Qué objetos se pueden traer sin pagar impuestos y cuáles están prohibidos

ARCA establece una serie de artículos que pueden ingresar sin pagar arancel y otros cuya entrada está restringida.

  • Permitidos al ingresar: un teléfono celular y una notebook o tablet.
  • Permitidos al ingresar y salir: ropa y objetos de uso personal sin fines comerciales, además de otros bienes declarados al salir.
  • Permitidos al egresar: bienes argentinos por hasta USD 2000.

En cambio, está prohibido ingresar material arqueológico y cultural, mercadería con fines comerciales o industriales, estupefacientes y armas o explosivos, salvo que exista autorización del RENAR.

Por último, quienes superen la franquicia, transporten mercaderías reguladas por SENASA o ingresen efectivo e instrumentos monetarios por un valor igual o superior a USD 10.000 deben realizar la declaración correspondiente ante la Aduana.