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El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció la extensión del plazo para ingresar al programa de cancelación de deudas de la ARCA en 18 cuotas, el cual pasará a cubrir obligaciones fiscales vencidas al 31 de octubre de 2026 en lugar del tope fijado al 30 de junio.

En la 32° Conferencia Industrial de la Unión Industrial Argentina (UIA) de este martes, el funcionario presentó un paquete de medidas para reactivar el sector y destacó que la prórroga busca oxigenar la situación de las pequeñas y medianas empresas, que enfrentan dificultades para saldar sus obligaciones fiscales.

“Les damos 18 meses de plazo para que tengan más holgura, porque entendemos que el costo financiero para las pymes es un problemón y no se va a solucionar en un mes o dos”, sostuvo el ministro durante su discurso.

Cabe remarcar que el nuevo esquema no modifica el carácter del programa ni contempla condonaciones de deuda: los contribuyentes deberán abonar la totalidad del capital adeudado junto con sus intereses y sanciones en el marco de un plan de pagos.

Plan de pagos de ARCA para empresas: requisitos y quiénes podrán acceder

Las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro podrán financiar obligaciones generales en hasta 18 cuotas. El requisito para ingresar será abonar un anticipo del 5% sobre la deuda total consolidada.

La medida abarca además a las medianas empresas (para los tramos 1 y 2), aunque bajo condiciones más estrictas: un tope de 15 cuotas y un pago inicial obligatorio del 10% de la deuda.

Luis Caputo anunció la extensión del plazo para ingresar al plan de pagos de deudas en 18 cuotas
Luis Caputo anunció la extensión del plazo para ingresar al plan de pagos de deudas en 18 cuotas

Por su parte, el esquema impone plazos diferidos para las obligaciones de retenciones y percepciones, reduciendo la financiación a un máximo de nueve meses para los pequeños contribuyentes y las pymes, y de siete para las firmas medianas.

El régimen fija una tasa de financiación del 2,75% mensual para las MiPyMEs, exigiendo un valor mínimo de $ 50.000 tanto para el anticipo como para cada una de las cuotas. Además, para acceder al beneficio será requisito excluyente contar con el Certificado MiPyME al día.

La adhesión se gestiona 100% online mediante el servicio Mis Facilidades en la web de ARCA, con la ventaja de que no existe un límite en la cantidad de planes a solicitar por contribuyente.

ARCA: uno por uno, todos los planes de facilidades de pago vigentes para empresas

Las empresas que tienen deudas con ARCA cuentan con seis opciones para regularizarlas en cuotas. Estas alternativas varían según el tamaño, actividad y situación fiscal de las compañías.

1. Plan de facilidades de pago permanente

Es el régimen general continuo para regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social (vencidas o a vencer en el mes).

Contempla diferentes tipos de planes según la obligación: deuda general, impuestos anuales, deuda aduanera, obligaciones provenientes de fiscalización y situaciones concursales, entre otras.

Las empresas que tienen deudas con ARCA cuentan con seis opciones para regularizarlas en cuotas.
Las empresas que tienen deudas con ARCA cuentan con seis opciones para regularizarlas en cuotas.

2. Plan especial para MiPyMEs, Pequeños Contribuyentes y Entidades sin Fines de Lucro

Esta opción ofrece condiciones de financiación adaptadas al perfil y al tamaño del contribuyente. Alcanza a Pymes que califiquen como Micro y Pequeñas Empresas, Medianas Empresas de los tramos 1 y 2, pequeños contribuyentes y determinadas entidades sin fines de lucro.

Este régimen MiPyME sigue vigente, porque ARCA extendió el plazo de adhesión hasta el 30 de diciembre de 2026 mediante la Resolución General 5920/2026. La fecha había sido fijada originalmente para el 30 de octubre, pero fue prorrogada por el organismo.

3. Plan especial para empresas del sector salud

Establecido por la Resolución General 5858/2026, está dirigido a establecimientos de salud con internación que cuenten con las caracterizaciones específicas previstas por ARCA.

Para acceder, los prestadores deberán estar correctamente categorizados en el “Sistema Registral” de ARCA. Según detalla la norma, los sujetos alcanzados deben contar con alguna de las siguientes caracterizaciones vigentes a la fecha de adhesión:

  • Código 481: establecimientos de Salud con Internación.
  • Código 533: protección transitoria y alivio fiscal para el Sector Salud.

4. Promoción del Empleo Registrado (PER)

Creado por la Resolución General 5862/2026, está destinado a empleadores privados que adhieran al régimen para regularizar relaciones laborales vigentes iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026, cuando no estaban registradas o estaban registradas deficientemente.

En este caso, las condiciones son especialmente amplias: las micro y pequeñas empresas pueden acceder a hasta 72 cuotas, las medianas de los tramos 1 y 2 a 48 cuotas, y los demás empleadores a 36 cuotas. El pago a cuenta es del 3%, 4% y 5%, respectivamente. La adhesión está disponible hasta el 28 de noviembre de 2026.

5. Plan para Concursados y Fallidos

Regulado por la Resolución General 5873/2026, está dirigido a contribuyentes con acuerdos preventivos o en proceso de quiebra.

Pueden utilizarlo contribuyentes que obtuvieron la homologación de acuerdos en concursos preventivos y contribuyentes fallidos que soliciten la conclusión de la quiebra mediante el avenimiento de los acreedores.

Para estos contribuyentes, ARCA exige la regularización de la totalidad de las deudas alcanzadas, sin admitir una inclusión parcial.

6. Acuerdos preventivos extrajudiciales (APE)

Instrumentado por la Resolución General Nº 4341/2018, se trata de un régimen especial dentro de “Mis Facilidades” para contribuyentes que se encuentran en el proceso previsto por la normativa concursal. Por sus características, no constituye una alternativa general para cualquier empresa con deuda fiscal.