

Las sociedades de Bolsa se quejan en la City por las restricciones que pesan sobre sus posibilidades de apalancamiento y aseguran que las normas vigentes “encorsetan” la operatoria diaria tanto de los agentes como de sus clientes. No obstante, en la City también hay quienes relativizan el impacto de las restricciones vigentes.
Y es que, si bien la Comisión Nacional de Valores alivió parte de las limitaciones mediante la RG 1152/2026, en el mercado sostienen que la flexibilización fue parcial y que todavía existen trabas que dificultan administrar la liquidez y ejecutar determinadas operaciones de dolarización. Otro elemento que objetan es la cantidad de documentación requerida para operar.
El eje de la discusión pasa por una regla que impide vender títulos con liquidación en dólares cuando la cuenta mantiene financiamiento en pesos, como una caución tomadora, un pase bursátil u otro crédito obtenido en el mercado de capitales. La restricción nació con la RG 959/2023 de CNV, que buscó evitar que inversores tomaran financiamiento en pesos para acceder al dólar financiero mediante la compraventa de bonos.
Se quejan de dificultades
Los agentes consideran que esa limitación genera un “bloqueo operativo sistémico” y dicen que perdió parte de su razón de ser en el actual contexto de mayor apertura cambiaria.
“Existe una restricción para los ALyC y para las personas que tengan caución tomadora: no se les permite operar contra la especie D, tanto en el mercado local como en el exterior. Hace un mes flexibilizaron algo de esto para los ALyC”, explicó a El Cronista Ezequiel Estrada, CEO de Poncho Capital.
Y contó su experiencia personal: “Me ha pasado con clientes que, al tener una caución abierta, no podían dolarizarse con billetes. Sí podían invertir en instrumentos dolarizados en pesos, pero no acceder al dólar mediante operaciones bursátiles”.
Para el ejecutivo, la última modificación normativa significó un avance, aunque insuficiente todavía. “La resolución representa una flexibilización para la operatoria propia de ALyC y AN, permitiéndoles administrar o recomponer parcialmente sus posiciones en moneda extranjera. Sin embargo, mantiene restricciones estrictas para clientes que utilicen cauciones u otros financiamientos en pesos y refuerza las obligaciones de control, documentación y reporte de los agentes”, sostuvo.
La posición de CNV
Desde la CNV marcaron a El Cronista que constantemente flexibilizan restricciones para que el mercado opere más fluido. “Cuando nosotros asumimos había una norma que no le permitía a las ALYCs dolarizar su cartera propia y la sacamos”, enfatizaron.
Apuntaron que, desde el gobierno anterior, hay una norma que no permite vender contra dólares cuando se tiene caución, pero enumeraron las flexibilizaciones que le hicieron.
“El objetivo es que no se financien en pesos para comprar dólares, nosotros esa norma la flexibilizamos”, destacaron. Por un lado, destacaron que quitaron la restricción de caución en dólares limitando la norma a la caución en pesos.
Despejar el debate
“Después hubo un debate sobre si las ALYCs estaban incluidas en la norma y el CRI 99 aclaró que si, y agregó una nueva excepción que les permite a las ALYCs vender contra dólares aunque tengas caución en pesos de manera intrandiaria mientras el saldo no sea positivo, es decir se puede vender contra dólares en el día mientras no te estés dolarizando”, contarom.
En ese sentido, destacaron que la RG 1152 le dio statuts mayor al CRI 99 y agregó una nueva excepción “que dice que, si tenes caución, podes vender contra dólares, siempre y cuando estés recomponiendo tu posición en dólares y hasta un límite del 15% de tu patrimonio neto excedente”.
Cabe recordar que la RG 1152/2026 introdujo una excepción para la cartera propia de los ALyC y los Agentes de Negociación (AN). Desde junio, estas entidades pueden vender títulos con liquidación en moneda extranjera aun cuando mantengan financiamiento en pesos, siempre que cumplan determinados requisitos.
Entre ellos, el neteo diario de compras y ventas no puede generar una posición neta compradora en dólares o, alternativamente, las operaciones deben destinarse a recomponer la posición en moneda extranjera que tenían al 1 de junio. La norma también estableció límites cuantitativos. En el caso de los ALyC, la recomposición no puede superar el 15% del patrimonio neto computable ni el 3% por día hábil.
“Cuando miras toda la historia, lo único que hemos hecho fue sancionar cada vez más excepciones a los principios y regulaciones existentes de otra gestión y tener más libertad para operar”, resaltaron desde CNV.
ALyC insatisfechos
Pero, muchos ALyC señalan que la flexibilización, sin embargo, no alcanzó a los clientes que operan con financiamiento y se quejan de un exceso de burocarcia en algunos casos. Y es que, para poder ejecutar operaciones, deben solicitar una declaración jurada. La revisión tampoco se limita a una única cuenta comitente. Exige verificar la situación del conjunto de cuentas donde una misma persona figure como titular.
“En general, no somos un mercado muy apalancado, pero sí había muchas antes de las elecciones del año pasado y creo que por eso se mantuvieron las medidas, para evitar un mal mayor. Pero, para nosotros, el peor problema es la burocracia”, dijo al respecto Santiago López Alfaro, presidente de DRACMA Investments.

Para él, es lógico el nivel de apalancamiento permitido, pero observó que el gran problema es el trabajo administrativo que requiere cada operación. “La cantidad de informes que hay que pedir y los requisitos son muchos”, apuntó.
Otras trabas para operar
Asimismo, otras voces del mercado sostienen que las comunicaciones del Banco Central, entre ellas las “A” 7030, 7683, 8281 y 8302, que regulan el tratamiento del financiamiento y la posición cambiaria de las entidades financieras también son un problema.
Martín Fernández Dubois, asset manager en Argentina y Estados Unidos, explicó que “el BCRA permitió que los bancos realicen operaciones de caución bursátil tomadora, pero estableció condiciones prudenciales que restringen su utilización para administrar posiciones en moneda extranjera”.
“Esta liquidez está penalizada con elevadas tasas de exigencia de efectivo mínimo y los saldos ingresan obligatoriamente en el cómputo de la Posición Global Neta de Moneda Extranjera. Esto limita matemáticamente el margen de acción de las tesorerías para derivar esa toma circunstancial de pesos hacia posiciones netas en divisas”, afirmó.
Por qué hablan de un cepo electoral
Si bien las sociedades de Bolsa reconocen que las restricciones tuvieron sentido cuando el objetivo era cerrar los canales de arbitraje entre el mercado en pesos y los dólares financieros, consideran que el contexto cambió y que muchas de esas limitaciones hoy generan costos operativos sin aportar beneficios equivalentes en materia de control cambiario.
En ese sentido, Christian Buteler, analista financiero, reconoce que el reclamo de las ALyC tiene fundamentos. “Tienen un punto porque hoy pueden operar con menos apalancamiento. Eso puede traer algunos inconvenientes”, afirmó.
No obstante, el especialista considera que la decisión oficial también responde a una cuestión de prudencia cambiaria. “Teniendo el año que viene un año electoral, es entendible que el Gobierno quiera sostenerla y no quitarla hoy para evitar la volatilidad electoral”, sostuvo.
¿Se quejan de llenos?
En la City también hay quienes sostienen que los ALyC atraviesan uno de sus mejores momentos de actividad y aseguran que hoy “se quejan de lleno”.
Reconocen que las normas que limitan la relación entre pasivos y patrimonio —y, por lo tanto, el nivel de apalancamiento que pueden asumir— responden a criterios prudenciales para reducir el riesgo de insolvencia de los intermediarios y ven que no es una traba para el mercado.
“Muchas ALyC se financian a muy corto plazo y eso puede restarle algo de liquidez a un mercado que de por sí todavía es chico. Pero, si una ALyC se apalanca demasiado, también puede generar episodios de mayor volatilidad”, explicó el economista Federico Glustein.
En esa línea, varios analistas consideran que el esquema regulatorio argentino se encuentra alineado con las tendencias internacionales. Si bien admiten que las limitaciones pueden afectar parcialmente la operatoria y el volumen negociado, entienden que se trata de “reglas coherentes con los estándares prudenciales que hoy predominan en los principales mercados financieros”.
Esa tensión entre normalizar por completo el mercado de capitales y mantener resguardos cambiarios explica por qué, pese al reclamo del sector, las restricciones siguen vigentes, sobre todo, de cara a un 2027 electoral.















