

El Banco Central reglamentó este jueves la participación de las entidades financieras en los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral para financiar futuras obligaciones laborales.
A través de la Comunicación “A” 8490, el organismo dispuso que los bancos podrán ser titulares de cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión (FCI) autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), mediante los cuales se instrumentarán los FAL.
No es una nueva inversión
Desde el Banco Central aclararon a El Cronista que la medida no crea una nueva alternativa de inversión para que las entidades financieras coloquen sus recursos, sino que elimina una restricción regulatoria que les impedía participar del régimen de los FAL en su calidad de empleadores.
Hasta ahora, los bancos tenían limitadas sus inversiones en fondos comunes de inversión, salvo determinadas excepciones. La nueva regulación incorpora una excepción específica para los FAL, de modo que las entidades puedan adherir al régimen previsto por la reforma laboral.
En la práctica, esto les permitirá destinar parte de los aportes previstos por el nuevo esquema a esos fondos, que luego podrán utilizarse para afrontar indemnizaciones y otras obligaciones laborales contempladas en el régimen.
Qué dice la norma
La Comunicación “A” 8490 establece que las inversiones en cuotapartes de FCI y en certificados de participación de fideicomisos financieros autorizados por la CNV, mediante los cuales se instrumenten los FAL, no estarán alcanzadas por la prohibición prevista en la normativa de Política de Crédito.
Además, dispone que el saldo de esas inversiones deberá deducirse del capital ordinario de nivel uno (COn1) y que el resultado acumulado generado por ellas, neto de los fondos aplicados a las finalidades del régimen, no integrará el resultado distribuible de las entidades financieras.

Con esta resolución, el Banco Central termina de adecuar su normativa al nuevo régimen de Fondos de Asistencia Laboral previsto por la Ley 27.802 y habilita a los bancos a participar del sistema en igualdad de condiciones que el resto de los empleadores.













