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A partir de ahora, las empresas podrán abrir cuentas sueldo en dólares para que sus empleados cobren en moneda extranjera. El Banco Central habilitó a las entidades a ofrecer cuentas gratuitas en dólares, adecuándose así a la Ley de Modernización Laboral, que estableció la posibilidad de cobrar en pesos o en moneda extranjera.
La medida fue aprobada ayer por el directorio del Banco Central y dispuesta hoy a través de la comunicación A 8460.
En su artículo 1° se dispone “incorporar al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la “Cuenta sueldo” prevista en el punto 2.1. del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales".
En la City estiman que la medida no generará un boom de nuevas cuentas en dólares, ya que las personas jurídicas -en este caso, los empleadores- pueden comprar divisas para importar o girar dividendos, pero no para atesorar debido al cepo cambiario.
“Por cuestiones operativas, se habilita en dólares, no en otras monedas extranjeras”, revelaron a El Cronista.
La apertura de cuentas sueldo no podrá hacerse en todas las sucursales. El Directorio del BCRA determinó que sólo se abrirán en aquellas que operan dólares.
Tope gratuito
Las cuentas serán gratuitas, pero con un tope, que será el monto del sueldo. Así, los usuarios no podrán utilizarla como si fuese una caja de ahorro tradicional, según surge del artículo 2° la normativa.
Textualmente, indica: “Aclarar que la atención de la operatoria de depósito y extracción de fondos en efectivo de las cuentas en dólares estadounidenses previstas en el punto 1 de esta comunicación es obligatoria en la sucursal de radicación de la cuenta y, en la medida que las entidades cuenten con esa disponibilidad operativa de numerario, en las demás sucursales, en cajeros automáticos y terminales de autoservicio".
También limita la operatoria gratuita habitual de la cuenta sueldo, cuando se concrete en dólares, “hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo”.
En otras palabras, no se cobrarán comisiones en tanto se utilice como límite solo lo percibido como sueldo y no como si fuera una cuenta en dólares común.
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