Multan a banco por una venta de dólares a una nena de 12 años
El Banco Central investigó operaciones en las previas al primer cepo al dólar que impuso Mercedes Marcó del Pont en 2011, e impuso una multa de casi $ 25 millones, que será apelada.
El hecho ocurrió en 2011: según los papeles, Banco Piano le vendió dólares a una niña de apenas 12 años de edad.
El hecho, que se dio a conocer ahora, diez años después, acarreó una investigación del Banco Central que impuso a la entidad una sanción de casi $ 25 millones. En el regulador señalan que son los plazos normales que llevan estos sumarios para dar lugar a que la otra parte haga los descargos.
La causa, en realidad, versa en el incumplimiento de normas mínimas sobre controles internos para entidades financieras, y por falta de veracidad de las registraciones contables, ya que no se reflejó la realidad jurídica de las mismas.
De todos modos, El Cronista pudo saber que la resolución no está firme y que será apelada por Piano.
Los hechos son una pintura de la época. Aún en ese momento, el acceso al mercado de cambios era libre, pero poco después la presidencia del Banco Central de Mercedes Marcó del Pont impuso el primer "cepo" de acceso a los dólares.
Fue para frenar la compra de divisa ante la perspectiva de una devaluación del peso. En ese año, la salida de dólares del sistema con destino al atesoramiento se calculó en unos u$s 20.000 millones y por eso se prohibió el atesoramiento y con excepciones de permitió el acceso a dólares para viajar.
Falta de control
En 2016, en este mismo expediente, la gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario del BCRA propició la apertura de un sumario por realización de operaciones de cambio simuladas, mediando falsas declaraciones en su tramitación.
Como consecuencia del análisis de las situaciones observadas, la gerencia de Supervisión de Entidades Financieras advirtió diversos elementos que pondrían en evidencia un inadecuado control interno por parte de Banco Piano, que facilitó la existencia de operaciones por cuenta ajena, dirigida a eludir los límites y condiciones previstas en la normativa del BCRA.
En octubre de 2011, se cruzaron los datos del cliente contra la base de datos personales de la ANSeS. Y fue así que del análisis se detectaron cuatro boletos de cambio cursados con números de CUIT inválidos y un boleto de cambio cursado a una menor de edad, Lorena Cardozo, con fecha de nacimiento 22 de mayo de 1999.
Piano reconoce que que el CUIT consignado en el boleto presentó errores. Se concluyó que Piano no validó en su sistema el CUIL ni la edad mínima requerida para efectuar operaciones de cambio
En el expediente, Piano reconoce que que el CUIT consignado en el boleto presentó errores. Y se concluyó que Piano no validó en su sistema el CUIL ni la edad mínima requerida para efectuar operaciones de cambio.
Asimismo, la compra realizada por Lorena Cardozo, menor de 12 años de edad, debería haber sido detectada por el cajero, salvo que la misma no haya sido efectuada en presencia de este último, o que otra persona estuviera en poder de su DNI.
Descargo
Sin embargo, Piano cuestionó la acusación de debilidades e indican que se parte de un supuesto fáctico insignificante de cinco operaciones, frente a la magnitud de las operaciones efectuadas: 1,8 millón de transacciones anuales, 7000 diarias y 146.960 en ese mes de octubre de 2011.
Además, cuestionó que en la acusación se tomó una muestra de 51 operaciones de cambio de las cuales se observaron cinco, representativas del 0,0034%, educiendo que dicho porcentaje no reviste mayor relevancia, dentro de un universo de 146.960 operaciones de cambio de octubre de 2011.
Cuestionan el rigor científico al tomar la muestra, ya que de un universo de 146.960 operaciones de cambio de octubre de 2011, se tomó una muestra de 51 operaciones de cambio de las cuales se observaron cinco, representativas del 0,0034%
Asimismo, afirmaron que se encuentra dentro de la estadística de error, careciendo de entidad suficiente para constituir un incumplimiento de normas de control interno.
Agregaron que, a la fecha de las operaciones en cuestión, no existían normas emitidas que obligaran a las entidades financieras a realizar controles utilizando la base de ANSeS, y que fue antes del cepo cambiario del 31 de octubre de 2011.
En referencia al cliente Lorena Cardozo, -menor de edad- indicó que el sistema de Piano se vio imposibilitado de generar bloqueos por rangos a determinados números de documento de identidad dado que el Registro Nacional de las personas otorgó a personas extranjeras mayores de edad documentos cuya numeración parte del número 41 millones.
Coleros
El Central observó que en ciertos casos la entidad operaba con clientes residentes que presentaban sólo su cédula de identidad, sin requerir otro documento de identificación.
Los funcionarios de la entidad, que podrían haber facilitado la venta de moneda extranjeras a personas que habría realizado operaciones por cuenta ajena
La comisión actuante visualizó acciones u omisiones por parte de los funcionarios de la entidad, que podrían haber facilitado la venta de moneda extranjeras a personas que habría operado por cuenta ajena.
Por comentarios de los clientes, en muchas oportunidades éstos habían operado con cédula de identidad, en lugar de los documentos habilitados para efectuar operaciones bancarias.
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