Huelga de agricultores: así funcionan las pensiones de jubilación del sector agrario
Los agricultores españoles deben cumplir una serie de requisitos específicos para acceder a la pensión contributiva de jubilación. ¿Cuáles son?
Los agricultores de España se encuentran protagonizando una ola de protestas con el objetivo de luchar por sus derechos. Concretamente, una huelga que se está extendiendo por toda España e incluso países de Europa como Alemania, Bélgica, Francia, Hungría, Italia o Polonia.
Desde BBVA explican que "los agricultores españoles solicitan un ambicioso plan de choque para que el sector mejore sus condiciones. Entre sus peticiones se encuentran una mejor rigidez y burocracia en la PAC (Política Agraria Común de la UE), unos precios justos para sus productos, el rechazo a las exigencias de la Unión Europea de reducción del uso fertilizantes (ya que esa reducción dificulta la competitividad internacional y disminuye el rendimiento de las cosechas), poner freno a la competencia exterior desleal, y una reforma del seguro agrario".
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Requisitos para la jubilación de agricultores
En este contexto, es interesante conocer cómo funcionan las pensiones de jubilación de los trabajadores del sector agrario.
- Entre los principales requisitos que deben cumplir se encuentra el de haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social y estar al corriente del pago de las cuotas con el organismo estatal.
Por otra parte, la normativa de la Seguridad Social también permite la compatibilización de actividades laborales agrarias con el cobro de la pensión de jubilación correspondiente al sistema especial de trabajadores por cuenta ajena agrarios. Si bien, dichas labores deben tener carácter ocasional y esporádico.
Cotización a la Seguridad Social
La cotización durante los períodos de actividad del trabajador puede llevarse a cabo de diferentes maneras. Una de ellas implica bases de cotización diarias según las jornadas reales previstas o ejecutadas. La segunda opción implica bases mensuales. La elección del modo de cotización corresponde al criterio del empleador.
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Por defecto, se determina la modalidad de base de cotización mensual, siempre que el empleador no especifique un modo de cotización concreta. Así lo determina la normativa del organismo estatal respecto a las cotizaciones de los trabajadores agrarios.
Desde BBVA aclaran que "a los trabajadores incluidos en este Sistema especial de trabajadores por cuenta ajena agrarios, no les será de aplicación la cotización adicional por horas extraordinarias. Tampoco será de aplicación la cotización adicional por contingencias comunes para los contratos temporales de duración efectiva igual o inferior a treinta días".
En cuanto a los trabajos agrarios, es común que se den ciertos periodos de inactividad a lo largo de un mes. De este modo, la cotización correspondiente a los días de inactividad es el resultado de multiplicar el número de días de inactividad en el mes por la base de cotización diaria del trabajador y por el tipo de cotización aplicable.