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El proyecto de reforma laboral impulsado por el Gobierno de Javier Milei, a partir de una iniciativa presentada por la diputada Romina Diez, propone cambios concretos en el régimen de vacaciones previsto en la Ley de Contrato de Trabajo. La iniciativa, enviada al Congreso, modifica el artículo 154 de la Ley N° 20.744 y redefine la forma en que los empleados podrán tomar su licencia anual ordinaria.
Uno de los puntos centrales del proyecto es ampliar el período en el que el empleador puede otorgar las vacaciones. Según la propuesta, el descanso anual podría asignarse en cualquier momento del año y hasta el 30 de abril del año siguiente, lo que elimina restricciones estacionales y otorga mayor margen para organizar los turnos dentro de cada empresa.
Vacaciones divididas en tramos
La reforma también introduce la posibilidad de fraccionar las vacaciones, siempre que cada período sea de al menos siete días corridos. De este modo, el descanso pago ya no necesariamente se tomaría en una sola etapa, sino que podría distribuirse en distintos momentos del año, siempre respetando ese mínimo semanal.
Este cambio contrasta con el esquema tradicional, en el que las vacaciones solían concentrarse en un único bloque anual.

Las cinco claves del proyecto
El texto incluye una serie de lineamientos principales:
- Fraccionamiento del descanso: se podrá dividir el período vacacional en tramos no menores a una semana.
- Flexibilidad en las fechas: el empleador podrá otorgar vacaciones en cualquier momento del año, hasta el 30 de abril del siguiente.
- Aviso anticipado: la empresa deberá comunicar el inicio del descanso por escrito y con al menos 21 días de anticipación.
- Verano garantizado: cada trabajador deberá recibir sus vacaciones completas en temporada estival al menos una vez cada dos ciclos, salvo que opte por otra fecha.
- Vacaciones en familia: empleados casados o con vínculo familiar que trabajen en la misma empresa podrán solicitar tomar el descanso en forma simultánea.
El proyecto establece que la fecha de inicio del período vacacional debe informarse por escrito con una anticipación mínima de 21 días. La comunicación deberá indicar el tramo asignado a cada trabajador, para facilitar la organización personal y familiar.
Aunque este criterio se plantea como regla general, los convenios colectivos podrían establecer modalidades diferentes adaptadas a cada sector.
Acuerdos sectoriales y límites
La iniciativa mantiene la posibilidad de que sindicatos y empresas negocien condiciones particulares mediante convenios colectivos. Así, se busca adaptar el esquema a actividades con demandas estacionales o dinámicas específicas.
Aun con mayor flexibilidad, el proyecto fija un límite claro: los períodos de descanso no pueden dividirse en tramos menores a siete días corridos, con el objetivo de preservar el carácter reparador de las vacaciones.
Cuando el personal no pueda salir de forma simultánea, cada empleado deberá contar con al menos una temporada de verano completa cada dos años. Además, si trabajadores con relación familiar se desempeñan para el mismo empleador, podrán pedir coincidir en sus vacaciones y la empresa deberá concederlo.
La propuesta busca actualizar el régimen de vacaciones dentro del marco de la Ley de Contrato de Trabajo, combinando mayor flexibilidad para la organización empresarial con requisitos mínimos para resguardar el derecho al descanso anual.
La iniciativa continúa en debate legislativo y forma parte del paquete de reformas laborales que analiza el Congreso.


















