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El gobierno nacional empuja hoy el tratamiento en el Senado del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, clave desde la perspectiva económica e ideológica y que, de ser aprobado, puede cambiar la fisonomía nacional, tanto en materia de inversiones como en la posibilidad de que extranjeros compren tierras en zonas estratégicas del suelo argentino.
La iniciativa tiene la impronta del ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, y si bien estaba en carpeta, cobró impulso luego del fallo en Estados Unidos en la causa YPF. Allí el gobierno consideró necesario establecer límites claros al derecho constitucional de expropiación.
Sin embargo, el paquete es más grande que eso y también avanza sobre una desregulación muy importante de la Ley de Tierras.
En la última versión -la número 15- que circulaba en los pasillos de la cámara alta este jueves por la mañana, había cambios clave que afectaban a las autonomías provinciales, registros y zonas de frontera.
Sin embargo, el recuerdo fresco de la ley de reforma laboral, con cambios en el dictamen realizados casi sobre las bancas, hacen necesario esperar hasta la sesión para saber el contenido concreto.
¿Qué cambia realmente respecto de la compra de tierra?
La sanción del proyecto es, pero va mucho más allá, de un guiño al mercado. Aunque la narrativa oficial se centra en la facilitación de desalojos y la simplificación de trámites, hay un impacto concreto y de mayor profundidad en la reconfiguración legal del territorio rural argentino.
El cambio central es la derogación de los límites cuantitativos de la Ley 26.737, que se traducía el tope del 15 por ciento nacional y provincial que podría esta en manos extranjeras y las 1.000 hectáreas por titular que un extranjero podría poseer en la zona núcleo. Se mantendrá el registro de compras, pero ya no se podría rechazar una compra.

En la última versión se incorpora una frase que redefine el tablero político-económico: “En ejercicio de sus competencias, cada provincia podrá establecer el régimen jurídico aplicable” en materia de tierras.
Al delegar explícitamente la potestad de regular el régimen de tenencia a las legislaturas locales, las provincias ganan, pero se perdería la uniformidad de legislación nacional.
En el texto vuelve a hablar de zonas de seguridad, pero deroga el artículo 4 de la ley en la que se declara de “conveniencia nacional” que las propiedades en zonas fronterizas pertenezcan a argentinos nativos.
¿Quién puede ganar con la reforma?
Más allá de los riesgos que por estas horas señala la oposición, que son de carácter geopolítico, se produce una ventana de inversiones para fondos y corporaciones del agro.
Al eliminarse los límites de hectáreas de la ley original y el filtro del artículo 4 en zonas fronterizas, se abre el camino para la adquisición de grandes extensiones de tierra con potencial forestal, minero o agropecuario en áreas estratégicas como la Patagonia, la cordillera y el litoral.
En cambio, los productores locales medianos ahora enfrentarán una competencia directa y dolarizada por la adquisición de escala de tierra en zonas núcleo.
Habrá que esperar, por ejemplo, si las provincias de la pampa húmeda -entre ellas la Buenos Aires de Axel Kicillof-, gracias a la delegación, activan cláusulas adicionales a la compra.
El radicalismo presiona en el recinto para reintroducir límites físicos (en kilómetros) para las compras extranjeras en zonas de frontera y exigir la aprobación legislativa expresa en casos excepcionales.
Sin embargo, desde la Casa Rosada insisten en que el texto desregulador es el que tiene asegurada la viabilidad política.
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