

La pretensión de Federico Sturzenegger de desregular la Marina Mercante abrió un nuevo frente de conflicto inesperado que hoy enciende las alarmas en el Gobierno.
Es que, tras el Decreto 690 publicado la semana pasada en el que se impuso un nuevo marco regulatorio a la tarea de practicaje en los puertos, ahora Javier Milei se enfrenta a un cese de tareas en esta área que paraliza el comercio exterior por vía marítima.
Los prácticos y baqueanos son esenciales a la hora de guiar a los barcos en su ingreso y egreso de los puertos y tramos complejos como canales o ríos, ya que asisten a los buques en la navegación segura de estos tramos.
En Argentina, su trabajo es particularmente relevante en el tránsito del río Paraná y el Río de la Plata, por donde salen la mayor parte de las exportaciones del país al mundo, especialmente las vinculadas al agro.
Pero ahora el comercio exterior está en riesgo ya que, desde el fin de semana, buena parte de los profesionales del sector no están tomando nuevas operaciones como respuesta a la desregulación oficial.

Esto implica la paralización de más de 140 buques que transportan energía, granos y otros productos. Así lo informó el presidente de la Asociación de Capitanes y Baqueanos Fluviales, Oscar Mendoza: “El comercio internacional está completamente parado. Hay entre 140 y 150 buques pendientes de confirmación de servicio”
Por esta razón, este martes Prefectura Naval intimó a más de 500 trabajadores para que retomen sus tareas.
En su lugar, los prácticos sostienen que, al tratarse de profesionales independientes, no tienen la obligación de tomar trabajos nuevos, aunque sí están penados por ley los casos en los que no cumplen con los compromisos ya asumidos.
La intimación de Prefectura
A través de un edicto publicado este martes en el Boletín Oficial, Prefectura Naval intimó a 536 profesionales “a la inmediata puesta a disposición de sus servicios de practicaje/pilotaje”.
Luego, el comunicado cita el Decreto 690/2026 publicado la semana pasada, a través del cual Sturzenegger desreguló la actividad, y exige que se cumpla “de manera regular y reglamentaria las funciones para las cuales se encuentra habilitado”.
“A todo evento se le hace saber que frente al incumplimiento de la presente intimación será objeto de sanciones disciplinarias (...) por ser considerada falta grave la negativa a prestar el servicio”, agrega la notificación.
Además, este advierte que, independientemente de las sanciones disciplinarias que aplique Prefectura, “la realización de cualquier acción tendiente a facilitar una medida de fuerza destinada a interrumpir el servicio de practicaje/pilotaje podrá quedar captada en las previsiones del Código Penal de la Nación Argentina".
En particular, se hace énfasis en el Artículo 190 del Código Penal, el cual abarca los delitos contra la seguridad del tránsito y de los medios de transporte y de comunicación, de entre dos a ocho años de prisión.
La comunicación porta la firma de Guillermo José Giménez Perez, Prefecto Nacional Naval, e incluye un anexo con los 536 nombres dentro del conflicto.
Qué cambia la desregulación del practicaje de Sturzenegger
El pasado viernes, a través del Decreto 690/2026, el Gobierno aprobó un nuevo régimen para los servicios de practicaje y pilotaje que modifica reglas vigentes desde hace más de tres décadas, flexibiliza el acceso a la actividad, reduce los casos en los que será obligatorio contratar un práctico y limita costos adicionales para las navieras.
La medida forma parte del proceso de desregulación que impulsa Federico Sturzenegger sobre la Marina Mercante y el transporte fluvial, una agenda que El Cronista viene anticipando y que incluye la apertura del cabotaje, la flexibilización laboral y la reducción de costos logísticos para el comercio exterior.
En los fundamentos del decreto, el Gobierno sostiene que el régimen aprobado en 1991 había quedado “obsoleto”, imponía barreras artificiales al ingreso de nuevos prestadores y favorecía conductas anticompetitivas que terminaban encareciendo la logística nacional.
Tal como detalló El Cronista, el objetivo declarado es incrementar la competencia, garantizar la continuidad del servicio y reducir costos para la actividad portuaria y exportadora.
Uno de los cambios centrales consiste en eliminar cualquier límite al número de prácticos habilitados. La Prefectura Naval deberá inscribir a todo profesional que reúna los requisitos técnicos exigidos, mientras que los usuarios podrán contratar libremente a cualquiera de ellos como profesionales independientes.
El nuevo régimen también modifica las reglas económicas de la actividad. Si bien la remuneración continuará negociándose entre las partes, la Agencia Nacional de Puertos y Navegación fijará tarifas máximas para cada tipo de servicio. Esos valores deberán incluir todas las maniobras propias del practicaje y no podrán agregarse cargos adicionales, salvo los que expresamente autorice la autoridad de aplicación.
Otra modificación apunta al transporte de los propios prácticos. Desde ahora, el embarque y desembarque podrá ser contratado libremente por los usuarios o terceros, utilizando medios terrestres, acuáticos o incluso aéreos habilitados. Los prácticos sólo podrán negarse cuando acrediten objetivamente que existen riesgos para su seguridad y esa negativa deberá ser justificada ante la Prefectura Naval. Si no lo hacen, podrá ser considerada una falta grave.

En paralelo, el reglamento reduce los supuestos de obligatoriedad para contratar prácticos. En la mayoría de las zonas se elevan los umbrales mínimos de eslora y calado para exigir el servicio, mientras que también se amplían las posibilidades para que capitanes argentinos o extranjeros con experiencia acreditada obtengan certificados de conocimiento de zona y puedan navegar sin necesidad de contratar un práctico. Para ello deberán demostrar al menos diez viajes de ida y diez de regreso en los últimos tres años, con tres realizados durante el último año.
Los anexos también reformulan el sistema de formación profesional. El título de práctico podrá ser obtenido por capitanes de ultramar, capitanes fluviales, capitanes de pesca y determinados oficiales retirados de la Armada y de la Prefectura que cumplan los requisitos técnicos y aprueben los exámenes correspondientes.
Además, se reducen los viajes de práctica exigidos respecto del régimen anterior y se establece que la Prefectura deberá convocar a exámenes públicos al menos dos veces por año.
El decreto incorpora además mecanismos para evitar interrupciones del servicio. En situaciones excepcionales, la Prefectura podrá prestar directamente el practicaje, requerir colaboración de la Armada o autorizar temporalmente a capitanes que cuenten con certificado de conocimiento de zona para desempeñar esa función.














