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Luego de meses de idas y vueltas, el Gobierno nacional tendría listo una nueva reforma de leyes que incluye la tan anunciada modificación de la Marina Mercante nacional. El proyecto, que lleva la firma del ministro de Desregulación, propone un cambio de régimen en la navegación de las aguas argentinas y una apertura casi total para que los extranjeros se hagan cargo del negocio. La letra chica.

La desregulación de la flota nacional es una de las obsesiones de Federico Sturzenegger, tras varios intentos fallidos el funcionario espera que esta vez pase en un Congreso marcado por los aires electorales.

Tal como lo contó El Cronista, el “Coloso” ultimó detalles y cambió algunos puntos del proyecto para evitar que los barcos chinos puedan acomodarse a la nueva regulación y de esta manera no enojar a los Estados Unidos.

Cómo es el detalle de la ley

La Marina Mercante nacional tiene a su cargo el transporte de mercancías, combustible y pesca a lo largo de las aguas argentinas.

La iniciativa abre el transporte de cargas y pasajeros entre puertos argentinos a buques de bandera extranjera, flexibiliza el régimen de contratación de tripulaciones y modifica la Ley de Navegación con el objetivo de desregular la actividad.

Uno de los principales cambios es la apertura del cabotaje.

Si bien el texto que circula es de momento el último borrador del que se tiene conocimiento, el mismo establece que los buques de bandera extranjera podrán realizar transporte entre puertos argentinos siempre que informen su ingreso y el plazo durante el cual desarrollarán esa actividad ante la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN).

En materia laboral, el proyecto fija un esquema gradual para la integración de las tripulaciones. Durante los primeros 90 días de operación no habrá obligación de incorporar personal argentino.

Recién a partir de ese plazo, los buques deberán integrar su dotación con ciudadanos argentinos, extranjeros con residencia permanente o nacionales de los Estados Parte del Mercosur.

Como ya contó El Cronista, esta última parte, donde establece que las tripulaciones deben pertenecer al Mercosur sería el guiño que pidió la Embajada de Estados Unidos.

El proyecto abriría el cabotaje esencialmente a trabajadores de Paraguay, con salarios y beneficios sociales mucho más baratos que los argentinos.

El porcentaje de argentinos será del 20% entre los 91 y 180 días de permanencia, del 40% entre los 181 y 360 días y llegará al 75% una vez superado el año de operación en el país.

Asimismo, desde el día 91 comenzará la obligación de registrar al personal y realizar aportes al sistema previsional argentino.

Además, el proyecto redefine qué operaciones se considerarán cabotaje.

En este sentido, quedarán excluidos los movimientos internos de mercaderías que formen parte de un transporte internacional, ya sea como tramo previo, intermedio o posterior de una importación, exportación o tránsito aduanero. Asimismo, deroga el Decreto-Ley 19.492/44, que regula el régimen vigente.

Esto último podría entonces excluir del cabotaje nacional a cerealeras y las principales industrias argentinas que viven de la exportación.

Cambios en la ley de Navegación

Según el texto que se difundió, la iniciativa también modifica la Ley de Navegación.

Por un lado, diferencia entre la dotación mínima de seguridad, que continuará siendo certificada por la autoridad competente, y la dotación de explotación, cuyo número será determinado por cada armador según las necesidades del servicio y su plan de negocios. La ANPyN sólo podrá emitir lineamientos técnicos no vinculantes.

Por otro, incorpora el principio de libertad de contratación. Los armadores podrán seleccionar libremente a su personal y los listados de las bolsas de trabajo sindicales pasarán a tener carácter meramente propositivo y no obligatorio.

Esto último desarmaría virtualmente el poder de los sindicatos marinos, que no sólo tienen una mano en la contratación sino también poder de presión en cuanto a salarios.

Para los buques de bandera argentina, el proyecto mantiene que el 75% del personal de maestranza y marinería deberá estar integrado por ciudadanos argentinos o extranjeros con residencia permanente.

Sin embargo, simplifica el régimen de excepciones, que podrán solicitarse mediante declaración jurada y quedarán aprobadas automáticamente si la autoridad no responde en diez días hábiles.

Además, habilita excepciones de hasta 24 meses para embarcaciones de alta especialización técnica destinadas a proyectos energéticos y offshore, y permite que personal extranjero no residente pueda desempeñarse a bordo siempre que cumpla con los requisitos profesionales previstos por la reglamentación.

El proyecto incorpora la validez jurídica de los conocimientos de embarque electrónicos y digitales, equiparándolos a los documentos en papel.

Por último, incluye un capítulo de incentivos para la marina mercante nacional.

Entre otras medidas, extiende la exención impositiva sobre combustibles para embarcaciones de cabotaje y habilita a los armadores nacionales a acceder a beneficios para inversiones destinadas a la construcción, adquisición, modernización o reequipamiento de buques y obras portuarias.

Si bien la versión final todavía no ingresó al Senado, Sturzenegger espera que este proyecto se trate luego del receso legislativo.