Monotributo: cómo serán los nuevos tiempos de ajuste y los montos de facturación
El dictamen de comisión contiene modificaciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes respecto a la última versión oficial. Qué pasa con los montos de facturación.
Con el reloj en cuenta regresiva, a un mes exacto de la fecha límite para el pacto del 25 de mayo en Córdoba, el Gobierno logró un dictamen de mayoría en comisiones del paquete fiscal que acompaña la Ley Bases, que contiene cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Como se comentaba en las horas previas, la versión final se firmó con modificaciones en la letra chica del monotributo en cuanto al tiempo de las actualizaciones y la posibilidad de reincorporación para los excluidos de 2024.
Al igual que en el proyecto que envió el oficialismo en los primeros días de abril, se estipuló que, en caso de aprobarse y por facultades delegadas, el Poder Ejecutivo sea quien realice los ajustes de los montos de facturación, alquileres devengados, los importes del impuesto y las cotizaciones previsionales.
"Los importes del impuesto integrado a ingresar (...) como las cotizaciones previsionales en ningún caso podrán aumentarse en un porcentaje mayor al porcentaje de aumento que se establezca para el importe máximo de facturación de cada categoría", estipularon en el párrafo dos del artículo 103.
Y fijaron un nuevo esquema, que no estaba, a partir del inicio del año fiscal 2025: actualizaciones semestres en enero y junio, con base en el acumulado del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
"La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será la encargada de publicar semestralmente los nuevos montos a que hace referencia el párrafo anterior y su respectiva aplicación", fijaron en el segundo párrafo del artículo 102.
Pero no fueron las únicas incorporaciones, por medio del artículo 104, buscan generar una ventana de oportunidad para quienes tuvieron que saltar al Régimen de Responsable Inscripto, que tiene costos impositivos mayores (entre cinco y seis veces más según los cálculos del socio de impuestos de Lisicki Litvin & Asociados, Fernando López Chiesa).
"Los pequeños contribuyentes que hubieran quedado excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes desde el 1º de enero de 2024 por aplicación de los parámetros existentes con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, podrán volver a adherirse, por única vez, sin tener que aguardar el plazo previsto en el artículo 19 del Anexo de la Ley 24.977 y sus modificaciones", estipularon en el artículo 104.
¿Cómo quedaron las escalas?
Sin bien la última versión que presentó el Gobierno fue a posteriori del dato de inflación de marzo (11%, INDEC) -que aseguran haber sido contemplada-, se aproxima la fecha para conocer el de abril (que estiman en un dígito) y no existieron modificaciones de los montos máximos de facturación (aunque si respecto a la versión de enero).
En caso de aprobarse, la categoría más baja, A, tendrá un monto de facturación anual de $ 6.450.000 (versus $ 2.108.288,01 actual y $ 5.000.000, enero); B, $ 9.450.000 (vs. $ 3.133.941,63 y $ 8.000.000, respectivamente); C, $ 13.250.000 (vs. $ 4.387.518,23 y $ 11.500.000); D, de $ 16.450.000 (vs. $ 5.449.094,55 y $ 15.500.000); E, $ 19.350.000 (vs. $ 6.416.528,72 y $ 19.750.000).
Para las siguientes, no se modificaron los montos respecto al proyecto de enero. Así, para F quedaría en $ 24.250.000 (vs. $ 8.020.660,9); G, $ 29.000.000 (vs. $ 9.624.793,05). Pero sí para la H, $ 44.000.000 (vs. $ 11.916.410,45, actual, y $ 35.000.000, diciembre).
Mientras que para las tres más altas los montos ascenderían a: $ 49.250.000 para la categoría I (vs. $ 13.337.213,22, actual, y $ 45.000.000, diciembre); $ 56.400.000, J (vs. $ 15.285.088,04 y $ 56.000.000 respectivamente); y K $ 68.000.000 (vs. $ 16.957.968,71 y $ 68.000.000).
Y se mantuvo la novedad de la versión de abril, con tabla del artículo 95, de la eliminación de la exclusividad de las últimas tres categorías para la venta de cosas muebles y se les habilita también a ser prestados de servicios.
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cesar dario Avalle
Gracias Milei MUACK MUACK MUACK ahora servicios podra facturar hasta 68 millones por año, no se llega a lo demenem cuando eran 200.000 pesos/dolares osea 200 millones pero con el monotributo mio el de mi mujer y el de mi hijo llego bien y si me paso bueno, contento porque estaria creciendo realmente, hoy tengo que er malabares con 11 millones por cuenta, tengo que rechazar servicios con poco margen porque no me convienen ya que me consume monto de facturacion, ahora podre tomar todo.
cesar dario Avalle
Me falto algo mas, la malco gida de la kretina me paso a RI en junio 2022, asi que si podes retrotraer hasta la fecha que empezaron a gobernar los chorros Mejor. Gracias