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Letra chica del RIGI: la definición que puso en alerta a la industria y las pymes

Publicada la reglamentación, tal como quedó redactado, el régimen para fomentar el desarrollo de proveedores locales ofrece muy pocos incentivos

Finalmente, el Gobierno publicó la demorada reglamentación del Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones (RIGI). La letra chica redefine un nuevo mapa de ganadores y perdedores y agrega información muy ansiada por las cámaras empresarias, que no había quedado clara en la sanción de la ley en el Congreso. 

En la industria y las pymes ya alertan que, tal como quedó redactado, el régimen para fomentar el desarrollo de proveedores locales ofrece muy pocos incentivos para que se cumpla, y tampoco está prevista la sanción por no hacerlo.

Durante el debate en el Congreso, los legisladores incluyeron un artículo para que el 20% de las inversiones esté destinado a proveedores locales. Antes de la publicación de la reglamentación, que salió el viernes pasado en el Boletín Oficial, la Unión Industrial Argentina (UIA) había alertado que de la letra chica iba a depender si en la práctica se terminaría cumpliendo el espíritu de la ley.

El consultor industrial Leandro Mora Alfonsín cuestionó cómo quedó la reglamentación en esta materia: "En la presentación del Vehículo de Proyecto Único (VPU) se pide solo un compromiso con carácter de declaración jurada. Está lejos de las prácticas internacionales en materia de desarrollo de proveedores, por lo que el cumplimiento dependerá de futuras resoluciones de la autoridad de aplicación".

Además, Mora Alfonsín agregó: "En la lógica del 20% de proveedores locales se incluye obra civil, por ejemplo, y no solo bienes de capital. Con lo cual, el impacto del requerimiento se diluye. No promueve eslabonamientos ni desarrollo de capacidades aguas abajo". 

Textualmente, la reglamentación establece que no es el 20% de la inversión total lo que tiene que ir a proveedores locales, sino el 20% de lo que se defina en el proyecto como inversión destinada al pago de bienes y obras, "tanto en la fase de construcción como en la de operación del proyecto".

En esa línea opinó Martín Kalos, director de Epyca Consultores: "A las pymes les preocupa el RIGI porque esta reglamentación deja las cosas tal como se esperaba, y es un riesgo. Por ejemplo, que el 20% de componente nacional sea usado en movimiento de suelos y obra civil en general, algo que ya era obvio por su propia naturaleza. Quedará luego en la autoridad de aplicación ver cómo evalúa lo que le presenten en cada proyecto".

El 20% del contenido local de los proyectos de inversión que dispuso la ley quedó sin precisar, tanto para bienes como para obras, señalaron desde una industria. "De no mediar una autoridad de aplicación que fomente el desarrollo local y monitoree el contenido de los planes, puede generar inversiones que tengan menos impacto en la producción y empleo local", advirtió una fuente que prefirió no ser mencionada.

Quién controlará el RIGI

La letra chica dejó establecido que la autoridad de aplicación del RIGI será el Ministerio de Economía. Sin embargo, hay varios cargos por crearse. Bajo el ala del ministro, Luis Caputo, se crea el "Comité Evaluador de Proyectos", para evaluar los proyectos presentados, que estará integrado por secretarios del Poder Ejecutivo, a definirse. Además, la ley establece que se creará un "Panel RIGI", para que cada proyecto pueda tener un mecanismo de solución de conflictos particular. Serán tres profesionales elegidos por concurso público.

Sobre las sanciones por incumplir el capítulo de desarrollo de proveedores, la reglamentación no deja nada definido. Asegura que deberá darse la "devolución del monto indebidamente aprovechado", algo difícil de estipular, y se aplicará una multa o apercibimiento según el criterio que considere la autoridad de aplicación.

De todos modos, desde una de las cámaras industriales más importantes del país comentaron que quedaron registradas ventajas en la letra chica. Se tomaron en cuenta temas planteados por la industria como un registro de proveedores, que los proveedores de bienes cumplan reglas de origen para acceder a los beneficios para importar y sean transformadores o productores locales. 

Además, quedaron acotados los beneficios aduaneros para importar bienes de capital, informática y telecomunicaciones nuevos, aunque también podrían generarse "trampas" para importar otros bienes que están por fuera del anexo de bienes de capital libre de impuestos, lo que podría poner en desventaja la producción nacional.

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