En esta noticia
- Cómo saber si una tasa de interés es abusiva o usuraria
- Qué hacer cuando no se pueden pagar las cuotas de un préstamo
- Qué hacer ante una intimación o una demanda por una deuda
- Qué herramientas legales tiene un deudor para cuestionar una deuda
- Qué documentación debe guardar una persona endeudada
- Cuándo puede analizarse la quiebra de una persona endeudada
El endeudamiento de los hogares se convirtió en un problema cada vez más visible en la Argentina. Según el último Informe sobre Bancos del Banco Central, de junio de 2026, el crédito al sector privado creció 10,1% interanual en términos reales, mientras que la mora de las financiaciones a las familias llegó al 12,8%.
El informe también registró que el crédito destinado a las familias estuvo impulsado principalmente por las tarjetas.
En ese escenario, el acceso inmediato a préstamos, adelantos y refinanciaciones puede convertirse en un problema cuando una persona comienza a utilizar nueva deuda para cubrir obligaciones anteriores. Los intereses, los punitorios, los gastos y las capitalizaciones pueden hacer que el monto adeudado crezca incluso cuando el deudor realiza pagos periódicos.
Para Muriel Mazzeo Hambo, abogada del Estudio Hambo Abogadas, el primer punto es evitar una mirada simplista sobre la mora.
“Estar en mora no significa necesariamente ser un mal pagador. En muchísimos casos estamos viendo personas que trabajan, tienen ingresos y voluntad de cumplir, pero acumularon un nivel de endeudamiento que ya resulta incompatible con su capacidad real de pago”, explica.
La especialista sostiene que, frente a una deuda que crece, no alcanza con observar el valor de la cuota ni con aceptar que el consumidor hizo clic en un contrato digital. También es clave revisar cómo se otorgó el crédito, cuánto dinero recibió efectivamente el deudor, cuánto se le exige devolver y qué herramientas legales existen para cuestionar intereses desproporcionados, cláusulas abusivas o saldos cuya composición no puede justificarse.
Cómo saber si una tasa de interés es abusiva o usuraria
Una tasa de interés alta no implica, por sí sola, que exista abuso o usura. Para determinarlo es necesario analizar la operación completa, el contexto en el que se contrató y el resultado económico que genera.
“Hay que preguntarse algo mucho más sencillo: ¿cuánto dinero recibí realmente y cuánto voy a terminar devolviendo? También hay que revisar el Costo Financiero Total, los gastos asociados, qué ocurre si uno se atrasa y cómo se calculan los intereses”, explica Mazzeo Hambo.
La abogada recomienda prestar especial atención al anatocismo, es decir, a la capitalización de intereses. “No toda capitalización es automáticamente ilegal, pero sí es fundamental revisar cómo se está aplicando, porque puede generar un crecimiento muy significativo de la deuda”, señala.

Una señal de alerta aparece cuando el consumidor paga, refinancia y vuelve a pagar, pero el monto adeudado continúa aumentando. “En esos casos hay que reconstruir la deuda y analizar qué parte corresponde al capital originalmente recibido y qué parte se generó por intereses, intereses moratorios, punitorios, gastos y eventuales capitalizaciones”, detalla.
También deben analizarse las condiciones en las que se otorgó el crédito. “No es lo mismo una financiación contratada en condiciones normales que aquella otorgada a una persona que se encuentra en una situación evidente de necesidad económica y acepta prácticamente cualquier condición porque necesita el dinero de manera inmediata”, sostiene.
Por eso, más que observar un porcentaje aislado, plantea que hay que evaluar la proporcionalidad entre el dinero recibido y el monto exigido, la transparencia de las condiciones y las circunstancias concretas de la contratación.
Qué hacer cuando no se pueden pagar las cuotas de un préstamo
El primer consejo de la especialista es evitar tomar nueva deuda para cancelar obligaciones anteriores. “Lo primero es no tomar deuda nueva para pagar deuda vieja. Ese es probablemente uno de los errores que más veo en la práctica: pedir un préstamo para pagar otro, utilizar una tarjeta para cubrir otra tarjeta o aceptar sucesivas refinanciaciones sin analizar cuánto se terminará devolviendo”, afirma.
El paso siguiente es realizar una radiografía completa de la situación financiera. Eso implica identificar cuánto se debe, a quién, cuáles son los ingresos reales, qué tasas se aplican, qué bienes existen y qué porcentaje del ingreso mensual debería destinarse al pago de las obligaciones.
“Recién con esa información podemos determinar si estamos frente a una dificultad transitoria de pago o ante una verdadera situación de insolvencia”, explica.
Mazzeo Hambo también advierte sobre las refinanciaciones que reducen el valor de la cuota, pero extienden el plazo y elevan el costo final. “Una cuota más baja puede parecer una solución, pero puede esconder un plazo mucho mayor y un costo financiero final muchísimo más elevado”, señala.
Qué hacer ante una intimación o una demanda por una deuda
Ignorar una intimación o una demanda judicial puede perjudicar seriamente la posición del deudor. “No poder pagar no significa no tener derechos ni defensas”, sostiene la abogada.
En un juicio ejecutivo, por ejemplo, puede ocurrir que la obligación reclamada esté prescripta. Sin embargo, la defensa debe presentarse en tiempo y forma. “Un juicio sin defensa es como un arco sin arquero. Podemos tener excelentes argumentos jurídicos, pero si nadie los plantea ante el tribunal, el proceso sigue avanzando”, explica.
La especialista también cuestiona la idea de que la única alternativa sea aceptar cualquier propuesta del banco. “No se puede negociar seriamente una deuda sin saber primero cómo está conformada”, afirma.
Antes de discutir cuánto pagar o en cuántas cuotas, recomienda revisar el capital, los intereses, las tasas, los punitorios, los gastos, las refinanciaciones y las eventuales capitalizaciones. En algunos casos, ese análisis permite detectar conceptos cuestionables o montos que no están correctamente justificados.
Qué herramientas legales tiene un deudor para cuestionar una deuda
El consumidor puede realizar un reclamo formal ante la entidad, acudir a una instancia de mediación y, si no obtiene una respuesta razonable, recurrir a la Justicia. También puede utilizar los mecanismos administrativos de Defensa del Consumidor y los canales de reclamo del Banco Central cuando corresponda.
“Cuestionar una deuda no necesariamente significa desconocer que existe una obligación. Muchas veces lo que se discute es cómo se llegó al monto que el acreedor pretende cobrar”, explica Mazzeo Hambo.
Según las características del caso, pueden cuestionarse intereses desproporcionados, cláusulas abusivas, capitalizaciones indebidas, incumplimientos del deber de información y la propia conformación del saldo reclamado. También puede solicitarse la reducción judicial de los intereses cuando se cumplen los presupuestos previstos por el Código Civil y Comercial.
La mediación puede ser una herramienta útil, aunque requiere voluntad de negociación de ambas partes. “No todos los bancos negocian y no todos lo hacen en términos que representen una verdadera solución para el consumidor”, advierte.
Cuando existen elementos que indican que el acreedor se aprovechó de la necesidad, ligereza o inexperiencia de una persona para obtener intereses o ventajas económicas evidentemente desproporcionadas, también puede analizarse la posible existencia de usura y la presentación de una denuncia penal.
Qué documentación debe guardar una persona endeudada
La abogada recomienda conservar contratos, resúmenes de tarjetas, extractos bancarios, comprobantes de pago, correos electrónicos, mensajes, intimaciones, cartas documento, ofertas de refinanciación y cualquier otro documento que permita reconstruir cómo nació y evolucionó la deuda.
Su consejo es descargar esa información antes de entrar en mora. “No espere a que la deuda pase a un estudio de cobranzas”, plantea.
Según explica, cuando una obligación es derivada a un estudio externo, parte de la información puede dejar de estar disponible en el home banking. Esto puede dificultar la reconstrucción posterior de los movimientos, pagos, tasas y condiciones originales.
También recomienda hacer capturas de pantalla de los créditos contratados de manera digital. Allí deberían verse la tasa, el Costo Financiero Total, la cantidad y el valor de las cuotas y el monto total a devolver.
En los casos de cuentas en descubierto, sugiere registrar el saldo negativo, el límite autorizado y la fecha. “Si después queremos cuestionar que el banco permitió superar determinado límite, necesitamos poder acreditar cuál era ese límite, cuál era el saldo y cómo evolucionó la cuenta”, explica.
Cuándo puede analizarse la quiebra de una persona endeudada
Cuando una persona necesita endeudarse todos los meses para pagar las obligaciones del mes anterior, la abogada considera que debe dejar de buscar crédito y comenzar a revisar su situación desde una perspectiva jurídica, contable y patrimonial.
“Cuando el nivel de endeudamiento es tal que la persona objetivamente ya no puede cumplir regularmente con sus obligaciones, hay que analizar si existe un verdadero estado de cesación de pagos”, señala.
En esos casos puede evaluarse el pedido de propia quiebra, regulado por la Ley de Concursos y Quiebras. Sin embargo, Mazzeo Hambo aclara que no se trata de una solución automática ni adecuada para todos los deudores.
“La quiebra no es una solución automática ni adecuada para todo deudor: tiene consecuencias patrimoniales importantes y requiere estudiar previamente los bienes, ingresos, acreedores y situación particular de la persona”, advierte.
Para la especialista, el objetivo no debería ser impedir el acceso al crédito, sino lograr que se otorgue de manera responsable, con información clara y una evaluación real de la capacidad de pago.
“Prevenir el sobreendeudamiento no beneficia solamente al consumidor: también reduce la mora, la litigiosidad y el costo económico que finalmente termina soportando todo el sistema”, concluye.
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