Cambian los contratos de alquiler: en qué casos hay que registrarlos sí o sí
Los cambios se establecieron por medio de la Resolución General 5545/2024. ¿Cuáles son los beneficios de registrar los contratos de alquiler?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales. Esta medida tiene como objetivo de reducir la carga administrativa y burocrática.
Por medio de la Resolución General 5545/2024, la entidad determinó que no hace falta informar todas las operaciones concertadas entre locadores y locatarios ante el Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI).
¿Cuándo hay que registrar un contrato de alquiler sí o sí?
La medida impulsada por el Gobierno Nacional, por medio de la AFIP, está enfocada en reducir la carga administrativa y burocrática de los contribuyentes.
Según estableció la Resolución General 5545/2024, sólo los contribuyentes que quieran gozar de los beneficios fiscales deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio RELI en la web del organismo fiscal. Quienes lo hagan tendrán beneficios fiscales en:
- Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
- Impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias y otras operatorias sobre los Bienes Personales y a las Ganancias.
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¿Hasta cuándo se podrán registrar los contratos de alquiler?
Según detalló la AFIP en su comunicación oficial, el registro del contrato se deberá realizar del antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.
Por otra parte, las personas que ya tengan registrados sus contratos no deberán volver a hacerlo, salvo que haya modificaciones o actualizaciones relacionadas.
Últimas reglamentaciones de la AFIP
Recientemente, en la Resolución General N° 5547/2024, se eliminó la obligación para los empleados en relación de dependencia, de adjuntar una copia del contrato de alquiler en el servicio Siradig.
La entrega de este documento era necesaria para poder acceder a deducciones fiscales del 40% y del 10% sobre las sumas pagadas por alquileres.
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La nueva resolución de la AFIP
El comunicado oficial que envió el Gobierno:
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