Opinión

Re-re-elecciones en las provincias, ¿cuál es el límite de los intentos contra el sistema republicano?

El calendario electoral comenzó con los intentos de reelección de los actuales gobernadores, aun cuando sus constituciones lo prohíben. Los peligros de atentar contra el sistema republicano.

El calendario electoral en las provincias del país comenzó con una particularidad: el intento de reelección de los actuales gobernadores cuando algunas de sus constituciones lo prohíben. Como ejemplo aparecen los casos de las provincias de Tucumán y San Juan.

Vamos a ser sintéticos, lineales y apelaremos al sentido común. Es la forma más sencilla de explicar la cuestión.

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En el caso de la Provincia de San Juan, el artículo 175 de la Constitución dispone lo siguiente: "El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces"

La Constitución de la Provincia de San Juan sólo permite ejercer el cargo de gobernador/a o vicegobernador/a de forma consecutiva hasta en dos reelecciones. Es decir, concede como máximo 3 mandatos consecutivos de cuatro años de duración cada uno.

En otras palabras, establece que ninguna persona pueda postularse para ser gobernador/ra -o vice gobernador/a- si ya ejerció cualquiera de los cargos de gobernador/a o vicegobernador/a en tres períodos, siempre de forma consecutiva.

¿Por qué motivo la Constitución provincial prohíbe ejercer el Poder Ejecutivo provincial -gobernador y/o vice- por más de dos reelecciones consecutivas?

Lo hace porque aspira lograr un saludable sistema republicano, donde los derechos permitan a las personas, empresas y trabajadores que puedan vivir en libertad, sin que ningún gobernante ocupe el cargo máximo ejecutivo provincial a perpetuidad.

Esto es inteligente. Sabemos que la perpetuidad en el poder lleva al riesgo de su despotismo y autoritarismo. La historia así lo enseñó.

Entonces, la limitación a dos reelecciones consecutivas para gobernador y/o vicegobernador -es decir, un máximo de 3 mandatos- pretende la periodicidad en estos cargos públicos y la alternancia de personas para su ejercicio. No se trata de proscripciones políticas, sino simplemente de respetar la ley.

¿Por qué motivo la Constitución provincial prohíbe ejercer el Poder Ejecutivo provincial -gobernador y/o vice- por más de dos reelecciones consecutivas? Lo hace porque aspira lograr un saludable sistema republicano.

Lo contrario se traduciría en el carácter vitalicio del cargo, que es propio de las monarquías. Y en Argentina ya no dependemos de ningún monarca desde el año 1810.

El gobernador de San Juan, Sergio Uñac.

Dicho todo esto, recordemos la historia electoral reciente de la Provincia de San Juan.

La ciudadanía eligió en sus oportunidades a los gobernadores y vicegobernadores, y resultaron electos para los siguientes períodos:

  • 2011-2015: José Luis Gioja gobernador y Sergio Uñac vicegobernador
  • 2015-2019: Sergio Uñac gobernador y Marcelo Lima vicegobernador
  • 2019-2023: Sergio Uñac gobernador y Roberto Gattoni vicegobernador.

Es acá donde el artículo 175 de la Constitución de la Provincia de San Juan debe ser aplicado correctamente. Y volviendo al sentido común en la interpretación de la Constitución provincial, entendemos que el actual gobernador no podría volver a presentarse como candidato a gobernador o vicegobernador para el período 2023-2027 porque ya cumplió con los períodos consecutivos máximos que le habilita.

Invitamos a todos a participar y postularse como candidatos en las elecciones de autoridades en la provincia.

También exhortamos a quienes se encuentran constitucionalmente inhabilitados a competir -porque ya cumplieron el límite de dos reelecciones consecutivas-, a que no fuercen ni atenten contra la Constitución de la Provincia de San Juan.

Este es un límite que el sistema republicano no debe dejar de defender.

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