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La muerte de una persona puede dejar deudas pendientes, como préstamos o saldos de tarjetas de crédito. Sin embargo, en Estados Unidos, el fallecimiento de un cónyuge no significa que su pareja deba hacerse cargo automáticamente de estas obligaciones.

Según explica la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB), las deudas de una persona fallecida generalmente se pagan con el dinero y los bienes que dejó, conforme a las leyes estatales. Si ese patrimonio no alcanza para cubrirlas, la deuda puede quedar impaga, salvo que exista otra persona legalmente responsable.

¿En qué casos tenés que pagar las deudas de tu pareja fallecida?

La CFPB señala que existen situaciones en las que el cónyuge sobreviviente puede ser responsable de determinadas obligaciones económicas.

Entre las principales excepciones se encuentran:

  • Préstamos compartidos: cuando la persona figura como cofirmante de un préstamo de su pareja.
  • Tarjetas de crédito conjuntas: cuando ambos son titulares de la cuenta. Ser únicamente usuario autorizado no implica la misma responsabilidad.
  • Estados con régimen de bienes gananciales (community property): donde determinadas deudas contraídas durante el matrimonio pueden ser responsabilidad compartida.
  • Leyes estatales sobre gastos necesarios: algunas jurisdicciones establecen obligaciones de pago por ciertos gastos esenciales, como la atención médica.

La responsabilidad depende del tipo de deuda, de quién firmó el contrato y de la legislación estatal aplicable.

La CFPB advierte que existen excepciones en las que una persona puede ser responsable de las deudas de su cónyuge fallecido.
La CFPB advierte que existen excepciones en las que una persona puede ser responsable de las deudas de su cónyuge fallecido. Shutterstock

¿Qué hacer si te reclaman una deuda después del fallecimiento de tu pareja?

La CFPB aclara que recibir una llamada de una agencia de cobranzas no significa que exista una obligación personal de pagar.

Los cobradores pueden comunicarse con el cónyuge sobreviviente o con quien administra el patrimonio de la persona fallecida. Sin embargo, no pueden afirmar falsamente que esa persona debe responder con su propio dinero.

Ante un reclamo, el organismo recomienda solicitar los detalles de la deuda por escrito y comprobar si existe una responsabilidad legal.

Si la persona considera que no debe pagar, puede impugnar la deuda por escrito. Cuando presenta la impugnación dentro de los 30 días posteriores a la recepción del aviso de validación, el cobrador debe dejar de contactar a la persona hasta verificar la deuda por escrito.

La agencia también recomienda buscar asesoramiento legal para determinar qué obligaciones corresponden y qué protecciones existen según las leyes federales y estatales.