

En Estados Unidos, los ciudadanos que cambiaron de nombre después de recibir su pasaporte pueden quedar excluidos del procedimiento habitual de renovación si no cuentan con documentación legal que respalde la modificación.
El Departamento de Estado exige acreditar presencialmente la identidad del solicitante y reunir diversas pruebas adicionales, además de establecer diversos formularios según la fecha de emisión del documento y las circunstancias del cambio. Todo esto implicaría más pasos y más demora.
El requisito cobra especial importancia para quienes comenzaron a utilizar otro apellido después de casarse, divorciarse o por motivos personales y profesionales, pero nunca formalizaron ese cambio ante una autoridad.
Estados Unidos impide la renovación normal del pasaporte a los ciudadanos con un cambio de nombre no declarado
Según el Gobierno federal, hay circunstancias que impiden utilizar el procedimiento normal de renovación del pasaporte, entre las que se destaca: “Su pasaporte no tiene su nombre legal y usted no tiene un documento legal para probar el cambio de nombre”.
La falta de documentación legal puede impedir obtener la renovación habitual del pasaporte, pero no necesariamente la emisión de un documento con el nombre utilizado actualmente. En estos casos, el Departamento de Estado contempla un procedimiento especial que exige acreditar la identidad y presentar pruebas adicionales.
Qué hacer si no hay ningún documento legal
Quien usa otro nombre, pero no tiene una orden judicial, una sentencia de divorcio ni un certificado de matrimonio debe solicitar el pasaporte en persona, además de presentar:
- Formulario DS-11.
- Prueba de ciudadanía estadounidense.
- Un documento de identidad válido emitido a nombre que usa actualmente, con fotocopia.
- Una foto de pasaporte a color.
- Pago de la tarifa correspondientes, que varía según la edad.
Además, si el nombre actual difiere del que figura en el documento de ciudadanía y no se puede probar el cambio por matrimonio o por orden judicial, hay que completar el formulario DS-60, una declaración jurada de cambio de nombre. Debe ser firmado por dos personas que conozcan al solicitante por ambos nombres, y hay que adjuntar tres documentos públicos, originales o certificados, que demuestren el uso del nuevo nombre durante cinco años o más.

Qué documentos acreditan el cambio de nombre
El Departamento de Estado establece que quienes ya modificaron legalmente su nombre deben presentar la documentación que permita comprobar ese cambio, por ejemplo:
- Certificado de matrimonio que acredite el nuevo apellido.
- Sentencia o decreto de divorcio que establezca el cambio de nombre.
- Orden judicial que autorice la modificación.
Cabe mencionar que el formulario a completar depende de las circunstancias personales de cada solicitante:
- Formulario DS-5504: aplica a quienes cambiaron legalmente su nombre dentro del año posterior a la emisión del pasaporte. Se envía por correo con pasaporte más reciente, el documento que prueba el cambio y una foto. No tiene costo, salvo el servicio urgente, que cuesta US$60.
- Formulario DS-82: para renovar por correo cuando pasó más de un año, siempre que se cumplan los requisitos y se presente una copia certificada del documento legal.
- Formulario DS-11: para solicitar el pasaporte en persona cuando no se puede renovar por correo.












