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El Gobierno confirmó que puede bloquear jubilaciones y pensiones del Seguro Social a las personas que mantengan deudas impositivas impagas y no hayan regularizado su situación ante el Servicio de impuestos internos (IRS).
La medida se aplica a través de un mecanismo federal que permite retener parte del beneficio mensual de manera automática.
El alcance de este bloqueo de jubilaciones no es total, pero sí permanente mientras exista la deuda. Según la normativa vigente, el descuento se realiza directamente sobre los pagos del Seguro Social y puede afectar incluso a quienes dependen exclusivamente de ese ingreso.
¿Por qué el Gobierno puede bloquear las jubilaciones?
El bloqueo se ejecuta mediante el Programa Federal de Embargo de Pagos (FPLP), un programa que autoriza al IRS a retener hasta el 15% de las jubilaciones del Seguro Social para saldar impuestos federales atrasados. Este mecanismo se aplica a los beneficios por vejez y supervivencia del sistema federal.
A diferencia de otras deudas, el embargo por impuestos no respeta un monto mínimo protegido, por lo que el descuento se aplica sin importar si el ingreso restante queda por debajo de los u$s 750 mensuales.
El trámite que muchos olvidan es regularizar o acordar un plan de pago con el IRS antes de que avance la retención.
Qué beneficios sí y no pueden ser retenidos
- Sí pueden ser retenidos: jubilaciones por vejez y beneficios por supervivencia (hasta 15%).
- No pueden ser retenidos: pagos por fallecimiento, beneficios para hijos, Seguro de Ingreso Suplementario (SSI) y ciertos pagos con retenciones previas por deudas con el Seguro Social.

¿Cómo evitar el bloqueo de la jubilación del Seguro Social?
Antes de iniciar el descuento, el IRS envía una notificación final de intención de embargo, con derecho a apelación. Si no hay respuesta, se emite un aviso formal que informa que la jubilación puede ser retenida, dando un plazo de 30 días para actuar.
Para evitar el bloqueo de la jubilación, el contribuyente debe pagar la deuda, solicitar un plan de pagos o presentar una apelación válida dentro del plazo. Si no se realiza ningún trámite, el descuento del 15% comienza de forma automática y se mantiene hasta que la deuda quede regularizada o se alcance un acuerdo con el organismo fiscal.













