Para estar al día: la agenda impositiva 2022
El complejo sistema impositivo argentino exige estar atentos para no gastar de más. Que deben tener en cuenta las pymes para transitar un año sin sorpresas
Arrancó el año y las cosas que pagar. La agenda impositiva incluye malas y algunas (pocas) buenas noticias. Atrasarse siempre es un mal negocio, por eso lápiz y almanaque en mano lo que hay que tener en cuenta para armar el calendario de pagos bien temprano.
"Enero siempre parece un mes calmo, pero es todo lo contrario", advierte la contadora Elisabet Piacentini.
La primera novedad viene del lado del monotributo y es una mala: aumenta un 26%. El tope máximo de facturación se elevará a $4.662.015,87. "El aumento total registrado interanual asciende a 61,20% y queda, de esta forma, por encima de la inflación", señala Silvia Tedín, socia del estudio SMS - San Martín, Suarez & Asociados.
Hoy, además, vence el plazo para la actualización anual. El monotributista que no haga el trámite antes de la medianoche será recategorizado de oficio y no tendrá opción para modificar su categoría hasta julio.
El régimen simplificado engloba a muchos comerciantes. El único requisito para inscribirse es no vender ningún producto a más de $ 49.600 y no pasarse del tope de la categoría K, la última y que con el aumento quedó con una cuota mensual de $ $25.090,13.
Más allá de lo que efectivamente se facture durante el año, el monotributo permite incorporarse con la categoría más baja y actualizar montos en la primera recategorización.
"Aunque las actualizaciones son semestrales, la facturación que hay que cargar es de los 12 últimos meses, por eso hay que calcular bien el ejercicio y no pasarse del tope", aconseja Piacentini, que, además, es presidenta de la Asociación de Comerciantes y Profesionales de Villa del Parque y dirige la Secretaría de Mujeres Empresarias de Fecoba, la Federación de Comerciantes de Buenos Aires.
En caso de "caerse" de la categoría K, por superar los $ 4, 6 millones de facturación anual, el siguiente paso es la categoría Autónomos del Régimen General, que paga Ingresos Brutos y Ganancias. "Si bien los mayores beneficios de pasarse en forma voluntaria vencieron el 31 de diciembre, sigue habiendo algunas deducciones para el que se registre por las suyas y no sea recategorizado por la AFIP", explica Piacentini.
MAPA IMPOSITIVO
Otra de las tareas de enero es chequear los boletines oficiales de cada provincia, las jurisdicciones están publicando sus propias actualizaciones impositivas. Y esto afecta a Ingresos Brutos, una tasa que -gracias a las maravillas del sistema impositivo argentino-se paga varias veces y en distintos lugares.
"Un comerciante que está inscripto en CABA, pero que vende al Interior debe pagar IB también en el lugar donde aportan sus compradores, luego se pueden hacer compensaciones pero hay que pagar primero, por eso saber a cuánto subieron las tasas es fundamental para poder poner el precio a la mercadería y no perder", avisa Piacentini.
Tedín advierte sobre los alcances del nuevo Consenso Fiscal 2021. "Dentro de los cambios las provincias se comprometieron a crear un impuesto a la transmisión gratuita de bienes, que hoy solo existe en Entre Ríos y Buenos Aires. El pacto, además fija alícuotas máximas (AM) para algunas actividades", explica.
Las AM quedaron en 0,75% para Agricultura, Ganadería, Caza y Silvicutura; Pesca y Explotación Minas y Canteras; 1,50% para Industria Manufacturera; 6% Industria Papelera; 3,75% para Electricidad, Gas y Agua (excepto residenciales, que es de 4%); 2,50% para la Construcción; 5 % para el Comercio Mayorista, Minorista y Reparaciones en general; 4,50% para Hoteles y Restaurantes; 2% para el Transporte; 5,50% para las Comunicaciones 5,50%; 6,50% para la Telefonía celular; 9% para la Intermediación y los Servicios Financieros 9,00%; 5% para los Créditos Hipotecarios (exento Actividades Inmobiliarias, Empresariales y de Alquiler) y 4,75% para los Servicios Sociales y de Salud.
Los pocos alivios de la agenda impositiva se verán a la hora de liquidar los sueldos. "La doble indemnización, algo por lo que vienen reclamando las cámaras empresarias hace rato, va a desaparecer en forma gradual, por etapas hasta julio", indica Piacentini.
El empleador deberá pagar la indemnización de convenio más un 75% hasta el 28 de febrero, un 50% del 1 de marzo hasta el 30 de abril; un 25% hasta el 30 de junio. "En ningún caso ese incremento podrá superar el límite de $ 500.000", explica Tedín.
La única buena noticia para empleados y empleadores es la suba del mínimo no imponible de los sueldos. Con el sueldo de enero se comenzará a pagar ganancias desde los $ 260.580 (antes lo hacían los salarios desde $ 175.000. Además se actualizan las deducciones personales en un 50.62% en función al índice RIPTE. "Significa un gran alivio para los empleados en relación de dependencia", dice Tedín.
Piacentini coincide: "no solo el salario en mano mejora y permite contratar horas extras, algo que antes muchos empleados no querían hacer para no pasar su mínimo no imponible, sino que baja la cantidad de horas de trabajo que insume liquidar sueldos con todas las retenciones que había que hacer antes", agrega.
En el caso de los Bienes Personales también suben los mínimos, que pasan de $ 2 millones a $ 6 millones. Las exenciones por viviendas pasan de $ 18 millones a $ 30 millones. La contrapartida es el aumento la alícuota de 1.25% a 1.50% para patrimonios mayores a $ 100 millones y a 1.75% para patrimonios mayores a $ 300 millones.
"Si bien no es una tasa que grave, en primera instancia, a la actividad, afecta a muchos empresarios, que por ejemplo tienen alguna actividad exportadora, porque recordemos que cualquier inversión o bien inmueble radicado en el exterior paga BP en Argentina", subraya Piacentini.
La contadora advierte sobre otro cambio: "a partir de este año se elimina el secreto fiscal, que regía desde 2016. Por lo cual si una entidad bancaria, por ejemplo, pide una declaración jurada para otorgar un crédito, hay que presentarla. Es una información demasiado sensible".
"Yo siempre recomiendo presentarlas. En la práctica, hace más expeditivo los trámites", juzga Maximiliano Batista, de la División Impositiva del Estudio Martínez de Hoz & Rueda.
Batista señala otro cambio que afecta tangencialmente a las pymes: "la gran novedad es la resolución 917/2021 de la CNV, que reglamenta las exenciones a las Obligaciones no Negociables como instrumento de financiación para las micro, pequeñas y medianas empresas. De esta manera los inversores que negocien en bolsa cheques o cualquier otro instrumento no pagan ganancias, Ingresos Brutos o Bienes Personales. Y es un aliciente muy importante para que las pymes tomen crédito más rápido y a menos tasa".
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