

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) es la única instancia con facultad para revisar el uso de recursos federales ejercidos por los municipios. Con ello, se limita la participación de autoridades estatales y fiscalías locales en este tipo de auditorías.
El fallo, aprobado por unanimidad del Pleno, establece que las revisiones a fondos federales no pueden ser realizadas por instancias locales si no existe previamente un convenio de coordinación con la ASF, tal como lo dispone la Constitución.

A continuación, conoce los detalles del fallo en México.
Fallo de SCJN sobre auditorías fiscales en México
La decisión surgió a partir de una controversia constitucional promovida por el municipio de Contla de Juan Cuamatzi, en Tlaxcala, luego de que el Congreso estatal y su órgano fiscalizador revisaran recursos federales sin contar con un acuerdo con la ASF.
La Corte anuló parte de esa auditoría y determinó que las autoridades estatales excedieron sus atribuciones, afectando la autonomía financiera del municipio. Además, dejó claro que los congresos locales no pueden fiscalizar fondos federales transferidos a municipios sin un mecanismo formal de coordinación con la autoridad federal.
¿Quién realiza las auditorías en México?
Con este criterio, la SCJN reafirma que la ASF -dependiente de la Cámara de Diputados- es la responsable de auditar los recursos públicos federales en todos los niveles de gobierno, incluidos estados y municipios.
Esto significa que cualquier revisión deberá ser realizada directamente por la ASF o mediante convenios previamente establecidos, lo que reduce la intervención de órganos locales.
Alcances del fallo
La resolución marca un precedente importante en materia de fiscalización, ya que:
- Fortalece la competencia federal en la supervisión de recursos federales
- Evita auditorías duplicadas por parte de autoridades estatales
- Obliga a los estados a coordinarse con la ASF si desean participar en estas revisiones
Asimismo, busca prevenir conflictos de atribuciones y asegurar que la fiscalización se realice bajo criterios uniformes a nivel nacional.
El caso que originó la resolución del Pleno SCJN
El criterio se desprende de la controversia constitucional 245/2025, en la que el municipio de Contla impugnó una auditoría estatal que señalaba posibles irregularidades por más de 8.3 millones de pesos en recursos federales.
La SCJN concluyó que dicha revisión carecía de validez al no cumplir con los requisitos constitucionales, estableciendo así que solo la ASF puede auditar este tipo de recursos en municipios, salvo que exista coordinación formal con autoridades locales.















