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En este escenario, el Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM) explicó que la autoridad fiscal contará con facultades para registrar las diligencias mediante grabaciones de audio y video, con el objetivo de generar evidencia directa durante los procesos de inspección.
Este material podrá emplearse en procedimientos contra contribuyentes que incurran en evasión fiscal, compañías vinculadas con la emisión de facturas apócrifas y también contra clientes o proveedores relacionados.
Durante 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) estará habilitado para llevar a cabo visitas de verificación sin previo aviso en domicilios particulares, pequeños negocios y empresas. En estos operativos podrá realizar auditorías de forma inmediata, acompañado por personal jurídico y equipos destinados al registro audiovisual de las inspecciones.

Estas verificaciones van más allá de las revisiones administrativas tradicionales. Cada diligencia podría derivar en un procedimiento con implicaciones legales e incluso penales, ya que su objetivo es identificar posibles casos de evasión fiscal, el uso de comprobantes apócrifos y corroborar que los ingresos, ventas y servicios declarados correspondan efectivamente a actividades reales.
¿Qué son y cómo funcionan las auditorías del SAT?
El artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF) contempla que las visitas domiciliarias podrán realizarse bajo el supuesto de que determinados Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) presenten irregularidades o carezcan de sustento suficiente para acreditar una operación legítima.
Por su parte, la fracción IX del artículo 29-A establece que tanto personas físicas como morales tienen la obligación de demostrar que las operaciones reportadas realmente existieron y que están respaldadas por actos jurídicos válidos. Asimismo, señala que los comprobantes fiscales que no cumplan con estos requisitos podrán ser considerados sin sustancia económica, lo que abre la puerta a la aplicación de auditorías inmediatas por parte de la autoridad fiscal.
Salvador Rotter Aubanel, integrante de la Comisión de Desarrollo de Investigación Fiscal del CCPM, ha señalado que estas auditorías exprés resultan de la reforma a los artículos 29-A, fracción IX y 49 Bis del CFF, disposiciones que comenzarán a regir en 2026.
Dónde se realizan las visitas domiciliarias del SAT
Las verificaciones podrán realizarse en los siguientes lugares:
- Domicilio fiscal
- Sucursales
- Oficinas
- Bodegas
- Almacenes
- Locales comerciales
- Puestos fijos o semifijos en la vía pública
- Cualquier lugar donde se desarrollen las actividades o se presten los servicios amparados por las facturas
Una vez en el lugar, los inspectores podrán iniciar de manera inmediata el registro fotográfico y las grabaciones de audio y video como parte de la diligencia. Paralelamente, deberán notificar la orden de verificación al contribuyente, a su representante legal, al responsable del establecimiento o, en su caso, a la persona que se encuentre a cargo del inmueble al momento de la visita.
Objetivo de las auditorías del SAT
Para realizar estas auditorías, el SAT aplicará los criterios de materialidad y trazabilidad. El objetivo es verificar que las operaciones respaldadas por CFDI realmente existieron y cuenten con evidencia suficiente, como contratos, documentos y registros.
La materialidad implica demostrar que un servicio se prestó efectivamente o que una mercancía existió, ingresó al inventario y fue comercializada. La trazabilidad, por su parte, permite seguir el historial completo de la operación, identificando quién vendió, recibió, entregó o suministró los bienes o insumos involucrados.















