

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deberá ajustar las pensiones de ascendientes contempladas en la Ley del Seguro Social de 1973. Con este criterio, los padres que dependían económicamente de un trabajador fallecido podrán recibir hasta 90% de la pensión, en lugar del 20% que establecía la regla anterior.
La decisión se tomó al considerar que la diferencia entre el porcentaje otorgado a los padres y el correspondiente a la pensión por viudez resultaba discriminatoria y vulneraba el principio constitucional de igualdad.

El criterio aplica a un grupo específico de beneficiarios: los padres de un asegurado fallecido que dependían económicamente de él, siempre que no exista cónyuge, concubina, concubinario o hijos con derecho a recibir la pensión. En estos casos, el fallo de la SCJN habilita un aumento del 70% para los retirados bajo la Ley 73, teniendo en cuenta el porcentaje que se contemplaba anteriormente.
Con la disposición del máximo tribunal, la pensión por viudez del IMSS bajo la Ley 73 corresponde al 90% de la pensión que recibía el trabajador fallecido por invalidez, vejez o cesantía en edad avanzada.
La Suprema Corte equipara la pensión de los padres con la de viudez
La resolución fue emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte, que analizó la diferencia establecida por la Ley del Seguro Social de 1973 entre los familiares de un trabajador fallecido.
Antes de este criterio, al cónyuge o concubino sobreviviente le correspondía 90% de la pensión, mientras que los padres que dependían económicamente de su hijo recibían únicamente 20%.
El argumento central de la Corte fue el derecho a la igualdad. El tribunal consideró que otorgar un porcentaje menor a los ascendientes no tenía una justificación válida, por lo que determinó que, en determinadas circunstancias, deben recibir el mismo porcentaje que habría correspondido a una pareja.
De esta manera, los padres dependientes económicamente del trabajador podrán acceder al 90% de la pensión cuando el asegurado fallecido no haya dejado viuda, viudo, concubina, concubinario o hijos con derecho a recibirla.
¿Cuándo se paga la pensión del IMSS?
De acuerdo con el calendario de pagos del IMSS, la pensión correspondiente a octubre de 2026 se programó para el jueves 1, primer día hábil del mes.
A partir de esa fecha, los pensionados disponen de su dinero mediante transferencia bancaria o en ventanilla, dependiendo de la modalidad de cobro que tengan registrada.
En caso de que el depósito no se haya reflejado en la fecha establecida, los pensionados pueden comunicarse al 800 623 23 23, opción 3, o acudir a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para consultar el estatus del pago y solicitar una aclaración.
¿Qué es la pensión IMSS de la Ley 73?
Entre sus principales características se encuentran las siguientes:
- Régimen solidario: la pensión se financia principalmente mediante las aportaciones realizadas por el trabajador, el patrón y el Gobierno.
- Cálculo de la pensión: el monto considera factores como el salario promedio de las últimas 250 semanas de cotización, equivalentes aproximadamente a cinco años, y el número total de semanas cotizadas.
- Requisitos: se requiere haber cotizado al menos 500 semanas ante el IMSS, tener 60 años para solicitar la pensión por cesantía en edad avanzada o 65 años para la pensión por vejez, además de encontrarse dado de baja del IMSS al momento de realizar el trámite.
- Modalidades: contempla pensiones por cesantía en edad avanzada, a partir de los 60 años, y por vejez, desde los 65 años.
- Beneficios: además del pago de la pensión, el esquema contempla servicios médicos para el pensionado y sus beneficiarios, así como otras prestaciones.
Cabe destacar que la Pensión IMSS Ley 73 corresponde a los trabajadores que comenzaron a cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social antes del 1 de julio de 1997.
















