

En la Ciudad de México, la Ley de Establecimientos Mercantiles establece las reglas para la apertura y operación de los negocios en la capital, además de señalar las obligaciones que deben cumplir y las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.
El artículo 10 de esta ley establece que los responsables de establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal deben acatar la suspensión de actividades en las fechas y horarios que determine la Secretaría de Gobierno. Entre estas medidas se encuentra la suspensión de la venta de bebidas alcohólicas, conocida como Ley Seca.

El incumplimiento de esta disposición puede ser sancionado con una multa equivalente a entre 351 y 2,500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Esto representa un monto de 41,175.81 a 293,275 pesos para los comerciantes de México que vendan alcohol durante la restricción.
¿Cuándo se aplica la Ley Seca en México?
La legislación establece que corresponde a la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México ordenar, mediante acuerdos generales, la suspensión de actividades como la venta de bebidas alcohólicas en determinadas fechas y horarios.
Estas medidas tienen como finalidad contribuir a mantener el orden y la seguridad pública. Los acuerdos se publican en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, donde se especifican tanto el periodo de aplicación como los establecimientos a los que se dirige la restricción, entre ellos:
- Tiendas de conveniencia
- Supermercados
- Tiendas departamentales (con licencia para venta de vinos y licores)
- Tiendas de autoservicio
Por lo general, existen excepciones para restaurantes, bares, cantinas y hoteles, siempre que la venta de alcohol se realice por copeo y esté acompañada de alimentos dentro del establecimiento, según indica la Gaceta Oficial.
¿Cuál es la multa por consumir alcohol en la vía pública?
Las personas que consuman bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados también pueden recibir una sanción.
De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, esta conducta puede ser castigada con una multa de entre 11 y 40 UMA, equivalente a 1,290.41 a 4,692.40 pesos, o con entre 6 y 18 horas de trabajo en favor de la comunidad.















