Obligaciones fiscales

SAT: ¿qué trabajadores están obligados a presentar la Declaración Anual y qué pueden deducir?

El SAT detalla el listado de los requisitos que determinan la obligatoriedad de presentar la Declaración Anual y el tipo de gasto factible de deducir impuestos.

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La Declaración Anual es el informe que los contribuyentes presentan al SAT sobre sus ingresos, egresos y deducciones por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el ejercicio fiscal anterior. Ahora bien: no todos los trabajadores deben presentarla y muchos de ellos, desconocen qué gastos pueden deducir.

A pesar de lo reconocido del trámite, aún persisten ciertas dudas en torno a la Declaración Anual que este año deberá realizarse entre el 1 y el 30 de abril en el caso de las personas físicas. Descubre si debes presentar tu Declaración o no y evita multas.

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Declaración Anual: ¿Quiénes tienen obligación de presentarla?

Revisa si eres del grupo de trabajadores que deberá presentar su Declaración Jurada al SAT a partir de abril. (Foto: FreePik.es)

No todos los trabajadores deben presentar su Declaración Anual al SAT. En efecto, el Servicio detalla quiénes son las personas físicas que sí deberán hacerlo.  

  • Quienes percibieron sueldos y salarios de un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
  • Quienes obtuvieron ingresos distintos a su salario. 
  • Quienes trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea,
  • Quienes recibieron salarios provenientes del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos, 
  • Quienes obtuvieron ingresos por indemnización. 
  • Quienes percibieron ingresos por jubilación o pensiones que excedan el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del ISR o si la totalidad de sus ingresos anuales superó los 400,000 pesos.
  • Las personas físicas que obtuvieron ingresos por servicios profesionales o actividades empresariales, incluyendo aquellas que trabajaron en plataformas tecnológicas, laboraron en la región fronteriza o están dadas de alta en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
  • Quienes obtuvieron ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, enajenación o adquisición de bienes, así como intereses o dividendos.

De igual modo, debes saber que si tus ingresos fueron inferiores a 400,000 pesos en el año, tu patrón es quien realiza la declaración. 

Recuerda que, para cumplir en tiempo y forma con Declaración Anual debes contar con los documentos en orden y conocer los requisitos necesarios para hacerlo. No presentar la declaración a tiempo puede generar multas que van de los 1,400 a los 17,370 pesos por declaración extemporánea.

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SAT: ¿Qué gastos se pueden deducir de impuestos en tu Declaración anual?

Revisa cuidadosamente qué gastos personales te servirán para deducir impuestos. (Foto: FreePik.es)

Los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos personales al presentar su declaración anual, siempre que cuenten con la factura correspondiente y el pago haya sido realizado mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo.

  • Gastos médicos
  • Gastos funerarios: Son deducibles hasta por el monto equivalente a una Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual.
  • Donativos: Los otorgados a instituciones autorizadas pueden deducirse hasta el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio anterior, mientras que los otorgados a la Federación tienen un límite del 4%.
  • Colegiaturas: Montos máximos anuales deducibles: preescolar (14,200 pesos), primaria (12,900 pesos), secundaria (19,900 pesos), profesional técnico (17,100 pesos) y bachillerato (24,500 pesos). El transporte escolar también es deducible cuando es obligatorio o está incluido en la colegiatura.
  • Aportaciones complementarias al retiro: Realizadas a la subcuenta del contribuyente.
  • Cuentas especiales y personales para el ahorro: Para depósitos destinados a planes personales de jubilación o retiro y no deben exceder los 152,000 pesos anuales.
  • Primas de seguros de gastos médicos: Para seguros complementarios o independientes de los servicios públicos de salud.
  • Créditos hipotecarios: Son deducibles los intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE.

El monto total de las deducciones personales, excepto gastos médicos por incapacidad y discapacidad, aportaciones voluntarias y complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas, no puede exceder de cinco UMAs anuales del ejercicio a declarar o el 15% del total de los ingresos, lo que resulte menor.

Finalmente, recuerda que los contribuyentes que tributaron en el Régimen Simplificado de Confianza durante el ejercicio 2023 no pueden aplicar deducciones personales.

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