

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión que cambiar para siempre las reglas de miles de familias en México. El fallo del Máximo Tribunal apunta directamente contra una norma que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que, durante años, dejó fuera de cobertura a niñas, niños y adolescentes con discapacidad que necesitaban dispositivos médicos esenciales.
El caso que detonó la resolución involucra a un niño derechohabiente del IMSS con discapacidad auditiva. Sus padres pelearon en la justicia para que el Instituto le otorgara un implante coclear, el único tratamiento disponible para la hipoacusia bilateral profunda que padecía. El IMSS lo negó amparándose en su propio reglamento.
Lo que siguió fue un proceso judicial que terminó con una declaratoria general de inconstitucionalidad y un nuevo precedente que sienta jurisprudencia de cara a futuros casos.

La regla del IMSS que la Suprema Corte declaró inconstitucional
El artículo en cuestión era el 42, fracción II, del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS. Esa norma excluía expresamente del Seguro de Enfermedad y Maternidad la dotación de:
- Anteojos y lentes de contacto
- Aparatos auditivos
- Implantes cocleares
- Prótesis y órtesis externas
La SCJN determinó que esa exclusión era incompatible con la Constitución mexicana y con la Convención sobre los Derechos del Niño. Ninguna norma reglamentaria, sostuvo el tribunal, puede bloquear de forma generalizada el acceso a insumos médicos esenciales para tratar una discapacidad.
En este contexto, la resolución del Máximo Tribunal ya no alcanza únicamente a ese niño: la decisión protege a todos los menores derechohabientes en situación similar, sin excepción.
Por qué la Suprema Corte extendió el fallo a todos los niños con discapacidad del IMSS
La entonces Segunda Sala del Máximo Tribunal había otorgado previamente un amparo para proteger al niño del caso original y había emitido jurisprudencia clara: la exclusión reglamentaria violaba los derechos a la salud, a la seguridad social y al interés superior de la niñez reconocidos en el artículo 4° constitucional.
El IMSS tuvo 90 días para modificar o eliminar la norma. No lo hizo. Ante esa inacción, el Pleno de la SCJN inició el procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad y llegó a la conclusión de que la invalidez debía extenderse más allá del caso concreto.

Qué significa este fallo para las familias con niños con discapacidad en el IMSS
La declaratoria general de inconstitucionalidad tiene efectos concretos e inmediatos para miles de familias mexicanas. A partir de este fallo:
- El IMSS no puede seguir negando implantes cocleares, prótesis u órtesis a menores derechohabientes
- La protección aplica para todas las niñas, niños y adolescentes con discapacidad afiliados al Instituto
- Ninguna autoridad del IMSS puede invocar el artículo 42, fracción II, para rechazar estas prestaciones
La decisión de la Suprema Corte refuerza que el derecho a la salud y a la seguridad social de los niños con discapacidad no puede quedar supeditado a restricciones reglamentarias. El fallo es definitivo y no tiene vuelta atrás.















