

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió nuevos criterios sobre la responsabilidad patrimonial del Estado por errores médicos en instituciones públicas como el IMSS. La decisión abre la puerta para que más pacientes y familiares puedan exigir una indemnización cuando exista una atención médica deficiente o una actividad irregular del Estado.
Los criterios recientes de la Corte también aclaran cómo deben presentarse los reclamos, qué pruebas serán necesarias y qué autoridades deberán resolver estos casos. Especialistas consideran que el cambio tendrá impacto directo en los procesos contra hospitales públicos y organismos federales de salud.
Quiénes podrán reclamar indemnización al IMSS por errores médicos
La nueva interpretación de la SCJN establece que cualquier persona afectada por una actividad médica irregular en el IMSS podrá reclamar una indemnización si demuestra que existió un daño relacionado con negligencia, mala praxis o atención deficiente. Esto incluye tanto a pacientes como a familiares directos afectados por las consecuencias del acto médico.
La Corte explicó que no basta con acreditar que hubo un resultado negativo en un tratamiento. El paciente deberá probar que existió una actuación negligente, imprudente o sin la pericia adecuada por parte del personal médico o de la institución. Además, el daño debe estar vinculado directamente con esa actuación irregular.
En uno de los casos recientes analizados por la Suprema Corte, se reconoció el derecho a recibir indemnización tras acreditarse atención médica deficiente en el IMSS y la falta de reparación integral del daño. La resolución ordenó revisar la cuantificación económica correspondiente para las víctimas.

¿Cómo será el nuevo proceso para demandar al IMSS por daño médico?
La SCJN aclaró que los reclamos contra instituciones públicas federales como el IMSS deben tramitarse por la vía administrativa, conforme a la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado. Esto significa que el procedimiento no inicia directamente en un juicio civil, sino mediante una reclamación formal ante la autoridad correspondiente.
Si la institución no responde o rechaza el reclamo, el caso puede pasar al Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Posteriormente, las resoluciones podrán revisarse mediante juicios de amparo cuando existan posibles violaciones a derechos fundamentales.
La Corte también reiteró que existe una diferencia entre demandar al Estado y demandar directamente a un médico. Cuando la acción es contra el profesional de manera individual, la vía civil sí puede utilizarse, incluso si trabaja en instituciones públicas como el IMSS o el ISSSTE.
Las nuevas reglas que revisarán jueces y autoridades en estos casos
Otro punto importante de los criterios de la Suprema Corte es la revisión de las pruebas médicas y los expedientes clínicos. Los jueces deberán analizar si el personal actuó conforme a la llamada “lex artis”, es decir, los estándares médicos aceptados para cada procedimiento.
La SCJN también señaló que las autoridades deberán revisar si existió información suficiente para el paciente, consentimiento informado y un expediente clínico adecuado. En algunos casos, la falta de documentos o registros completos puede influir en la valoración de la responsabilidad médica.
Especialistas legales explican que las nuevas resoluciones fortalecen el derecho de los pacientes a reclamar reparación integral del daño, incluyendo afectaciones físicas, psicológicas y morales derivadas de errores médicos en instituciones públicas de salud.













