En esta noticia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un nuevo criterio sobre los permisos para el consumo personal de cannabis en México. En una decisión que busca dar mayor certeza jurídica a los ciudadanos, el máximo tribunal estableció que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) podrá concentrar todas las autorizaciones necesarias en un solo documento.

Con esta resolución, la Corte busca facilitar el cumplimiento de las sentencias de amparo relacionadas con el consumo lúdico de cannabis y evitar que los solicitantes enfrenten trámites fragmentados para ejercer el derecho reconocido por la propia SCJN.

El criterio busca simplificar el trámite y evitar que los solicitantes deban obtener múltiples permisos para ejercer este derecho.
El criterio busca simplificar el trámite y evitar que los solicitantes deban obtener múltiples permisos para ejercer este derecho.

Último momento: ¿Qué resolvió la Suprema Corte sobre los permisos para consumir cannabis?

El Pleno analizó un caso relacionado con la forma en que Cofepris debe cumplir las sentencias que autorizan el consumo personal de cannabis con fines recreativos. El debate no se centró en la legalización de la sustancia, sino en el procedimiento administrativo para otorgar los permisos.

Como resultado, la Corte determinó que la autoridad sanitaria podrá emitir un solo documento que concentre todas las autorizaciones necesarias para realizar las actividades permitidas, en lugar de expedir permisos separados.

Los ministros consideraron que esta modalidad brinda mayor claridad a las personas beneficiarias y facilita el cumplimiento de las resoluciones judiciales, al evitar cargas administrativas innecesarias.

¿Qué actividades podrá autorizar Cofepris al respecto?

De acuerdo con el criterio aprobado, la autorización podrá incluir las actividades vinculadas con el consumo personal de cannabis que han sido reconocidas por la Suprema Corte mediante sentencias de amparo.

Esto comprende la siembra, cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte de cannabis para consumo exclusivamente personal y con fines recreativos, siempre dentro de los alcances autorizados por la resolución judicial correspondiente.

La Corte precisó que estas autorizaciones no implican la posibilidad de comercializar cannabis ni permiten realizar actos de distribución o suministro a terceros, actividades que continúan sujetas a la legislación vigente.

¿Qué implica esta decisión para quienes soliciten el permiso?

La resolución representa un cambio en la forma en que Cofepris deberá emitir las autorizaciones derivadas de los amparos concedidos a particulares. A partir de este criterio, la autoridad podrá resolver el trámite mediante un solo documento, en lugar de fragmentarlo en diversos permisos.

Con ello, la Suprema Corte busca hacer más eficiente el cumplimiento de sus sentencias y reducir obstáculos administrativos para las personas que ya cuentan con una resolución favorable.

No obstante, la decisión no modifica el marco legal sobre el cannabis en México ni implica una legalización general de su consumo recreativo. El criterio únicamente establece cómo deberá expedir Cofepris las autorizaciones cuando exista una sentencia de amparo que reconozca ese derecho.