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El trámite de inscripción al RFC y la obtención de la e.firma para ciertas empresas cambió oficialmente a partir de 2026, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente publicada en el Diario Oficial de la Federación.

La Secretaría de Economía informó que estos cambios impactan directamente a las Sociedades por Acciones Simplificadas, SAS,, las cuales deberán ajustarse a un nuevo procedimiento fiscal y administrativo.

El aviso oficial del Gobierno de México se da en el contexto de la administración federal encabezada por Claudia Sheinbaum, y busca unificar criterios entre la Secretaría de Economía, el SAT y la SHCP para la gestión de estos documentos.

Secretaría de Economía nuevo aviso sobre la inscripción al RFC.
Secretaría de Economía nuevo aviso sobre la inscripción al RFC.Secretaría de Economía

Cambios clave en el trámite del RFC y la e.firma

De acuerdo con el aviso oficial, “a partir del 2026, el proceso de Inscripción en el RFC y la obtención de la e.firma de las Sociedades por Acciones Simplificadas deberá realizarse conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal vigente”.

La dependencia precisó que el trámite deberá seguirse mediante el portal del SAT, específicamente en la ficha de Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, RFC, para personas morales, donde se establece que el RFC “es una clave alfanumérica que identifica a cada empresa ante la autoridad fiscal”.

Requisitos y pasos obligatorios para las SAS

Entre los principales requisitos, el SAT señala que “el representante legal o los representantes legales deberán contar con e.firma vigente”, además de presentar el contrato social emitido por la Secretaría de Economía y documentación oficial.

  • e.firma vigente del representante legal
  • Contrato Social de la SAS emitido por la Secretaría de Economía
  • Comprobante de domicilio
  • Identificación oficial vigente
  • Documento que acredite la representación legal

Pasos a seguir:

  • Ingresar al Portal Tuempresa de la Secretaría de Economía
  • Obtener contrato social y autorización de denominación
  • Registrar una cita ante el SAT
  • Acudir a la ADSC con la documentación
  • Recibir el acuse de inscripción en el RFC

Adicionalmente, el SAT y la Secretaria de Economía recordaron que “deberás cumplir con todos los requisitos y condiciones establecidos en las fichas de trámite del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente”, ya que estos lineamientos son obligatorios para 2026.