

La Ley de Sucesiones en Argentina contempla una figura específica que puede dejar sin herencia al viudo o la viuda al momento de repartir los bienes.
El Código Civil y Comercial de la Nación establece la figura de “matrimonio in extremis”, una carátula que se aplica cuando la muerte del causante, y propietario de los bienes, ocurre poco tiempo después de la boda.
Ley de Sucesiones: en qué casos el cónyuge no recibirá la herencia
La Ley de Sucesiones precisa que el cónyuge de la persona fallecida tiene derecho a cobrar la herencia y recibir una parte de la herencia. Sin embargo, esto se anula cuando queda aplicada la característica de “matrimonio in extremis”.

Ahora bien, se considera matrimonio in extremis cuando la persona fallece dentro de los 30 días posteriores a la celebración del matrimonio como consecuencia de una enfermedad que ya tenía al momento de casarse y que era conocida por quien contrajo matrimonio con ella.
Si se cumplen esas condiciones el viudo o la viuda quedará excluido de la sucesión y no percibirá ninguna porción de los bienes.
Qué tiene que pasar para que se aplique el matrimonio in extremis
- Para que se configure esta situación deben reunirse estos requisitos
- El fallecimiento ocurre dentro de los 30 días desde la boda
- La causa de muerte es una enfermedad preexistente
- Esa enfermedad era conocida por el otro contrayente al momento del casamiento
Quiénes pueden heredar cuando no hay testamento
Cuando una persona fallece sin dejar testamento se inicia una sucesión intestada. En estos casos la herencia se distribuye según el orden de prelación establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación.

La ley prioriza a los herederos forzosos y fija un esquema jerárquico basado en el vínculo con el fallecido. Los bienes no se reparten de manera discrecional sino conforme a reglas expresas del derecho sucesorio argentino.
El orden legal establece como principales herederos:
- Descendientes
- Ascendientes
- Cónyuge
- Colaterales hasta el cuarto grado en ausencia de los anteriores
Por su parte, las sucesiones intestadas, conocidas jurídicamente como “sucesión ab-intestato”, se realizan mediante una partición en la que se garantiza que todos los herederos reciban la porción que les corresponde.
No obstante, un juez interviene y realiza la partición de la herencia cuando existen herederos incapaces o ausentes que requieren representación legal para resguardar sus derechos, o cuando no hay acuerdo entre los herederos respecto de cómo dividir los bienes, situación que obliga a una decisión judicial dentro del proceso sucesorio.












