

Una medida clave para el cobro de deudas de tránsito comenzó a aplicarse de manera firme a partir de este mes de septiembre en distintos distritos del país.
Frente al alto índice de morosidad en el pago de infracciones, las intendencias y los juzgados de faltas activaron un mecanismo de ejecución fiscal que permite trabar embargos preventivos sobre los saldos bancarios y haberes de los conductores titulares de los vehículos sancionados.
Si bien la medida busca acelerar la recaudación de infracciones acumuladas, el procedimiento contempla una serie de pasos administrativos y judiciales indispensables antes de que se haga efectivo el congelamiento de fondos.
Las etapas previas antes de llegar a la instancia judicial
El proceso para llegar a una traba bancaria no se da de un día para otro, sino que atraviesa una secuencia administrativa obligatoria que inicia con el vencimiento del plazo fijado para el pago voluntario.
En esa primera fase, el automovilista pierde el derecho al descuento promocional y comienza a acumular intereses punitorios, recibiendo intimaciones formales en su domicilio registrado o casilla de correo fiscal electrónico.
Si el propietario ignora las notificaciones y no efectúa un descargo formal ni cancela el importe, el juzgado de faltas emite un Certificado de Deuda que actúa como título ejecutivo, dejando la infracción firme y en condiciones de ser reclamada ante la Justicia.
La intervención del juez y el rol del Banco Central
Ningún municipio ni juzgado administrativo posee la atribución legal de congelar por cuenta propia el dinero de los ciudadanos, por lo que es obligatoria la intervención del fuero judicial.
Para concretar el cobro, la entidad gubernamental inicia una demanda formal de ejecución fiscal ante un juez de primera instancia, quien evalúa el expediente y emite la orden de embargo preventivo sobre los activos del deudor.
Una vez firmada la resolución, la medida ingresa al sistema unificado del Banco Central de la República Argentina (BCRA), organismo que transmite la instrucción a todos los bancos para que retengan el dinero reclamado.
Plazos previstos y el momento del congelamiento de fondos
El tiempo estimado entre la comisión de la falta y la traba efectiva de la cuenta suele demorar de seis meses a más de un año, que es el lapso requerido por la administración pública para armar el legajo e iniciar la demanda judicial.
No obstante, el momento exacto en que la persona sufre el bloqueo de su dinero ocurre de forma imprevista y sin previo aviso en el instante en que la orden judicial impacta en el sistema bancario, una estrategia diseñada deliberadamente para impedir que el deudor retire o transfiera sus activos hacia otras billeteras antes de que el banco efectúe la retención.
Los límites legales y qué parte del dinero se encuentra protegido
A pesar del impacto de la medida, la legislación vigente establece claras protecciones para resguardar la subsistencia de los trabajadores y el flujo básico del dinero.
En el caso de las cuentas sueldo, la traba bancaria no puede aplicarse sobre la totalidad de los haberes, respetando los límites de inembargabilidad estipulados por la Ley de Contrato de Trabajo.
Asimismo, la entidad financiera solo retiene la cifra exacta requerida por la orden dictada por el juez (que abarca el valor original de la multa, más intereses acumulados y costas judiciales), dejando el resto del saldo de la cuenta totalmente disponible para el uso cotidiano del titular.
Las opciones para regularizar la situación antes del embargo
Para evitar el bloqueo de haberes y la carga adicional de los gastos del juicio, las autoridades aconsejan revisar periódicamente los padrones de las jurisdicciones donde se haya circulado y cancelar las deudas en las etapas administrativas previas.
Si el certificado de deuda ya fue emitido pero la causa aún no ingresó en la etapa judicial, el infractor mantiene la posibilidad de pactar un plan de pagos o saldar la morosidad por las vías tradicionales del municipio.
En caso de que el embargo ya se haya ejecutado, la única alternativa para liberar los fondos retenidos consiste en saldar el expediente judicial o presentar un abogado para cuestionar la validez de las notificaciones originales.















