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Respetar las normas de circulación es fundamental para prevenir accidentes y garantizar la seguridad vial. Entre las obligaciones de quienes manejan se encuentra reconocer la prioridad de paso de los peatones en las situaciones previstas por la legislación vigente.
No respetar esa prioridad puede derivar en una multa y en la pérdida de puntos de la licencia, según lo establecido en el régimen de sanciones de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
La penalización está detallada en el artículo 40 del Anexo 2 del Decreto 779/1995, que reglamenta el artículo 41, inciso e), de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.
La disposición identifica expresamente la infracción vinculada con la prioridad peatonal en sendas y zonas peligrosas.
Ley de Tránsito 24.449: de cuánto es la multa por no dar paso a los peatones
El artículo 40 del Anexo 2 del Decreto 779/1995 establece que los conductores que no respeten la prioridad de los peatones en las sendas peatonales o zonas peligrosas pueden recibir una multa de entre 150 y 500 unidades fijas (UF), además de la quita de cinco puntos de la Licencia Nacional de Conducir.
El texto oficial establece lo siguiente:
“Por no respetar la prioridad de los peatones en las sendas peatonales o zonas peligrosas, será sancionado con multa desde 150 U.F. hasta 500 U.F., y serán restados de la Licencia Nacional de Conducir la cantidad de CINCO (5) puntos”.
De esta manera, la normativa contempla dos consecuencias para quienes cometan esta infracción: una sanción económica y el descuento de puntos del registro. El importe final en pesos depende del valor de la unidad fija que corresponda en la jurisdicción donde se aplique la multa.
La disposición puede consultarse en el texto oficial del Decreto 779/1995 publicado por el Gobierno nacional.
Licencia de conducir: cómo funciona el sistema de scoring

El sistema de scoring establece un saldo inicial de 20 puntos para los conductores y prevé descuentos por determinadas infracciones de tránsito. Cada falta tiene asignada una penalización que reduce el puntaje disponible.
En el caso de no respetar la prioridad peatonal, la sanción prevista en la reglamentación citada es de cinco puntos menos. Por lo tanto, esta infracción puede representar una reducción importante del saldo de un conductor que no haya cometido otras faltas.
Cuando se agotan los puntos, pueden aplicarse las consecuencias previstas por el régimen, incluida la inhabilitación para conducir durante el plazo establecido. Sin embargo, la pérdida de cinco puntos por esta infracción no implica, por sí sola, la suspensión automática de la licencia.
Licencia de conducir: cuáles son las infracciones que restan puntos en el scoring
Además de no respetar la prioridad de los peatones, existen otras infracciones de tránsito que pueden reducir el puntaje de la Licencia Nacional de Conducir.
El sistema de scoring parte de un saldo de 20 puntos y establece descuentos según la gravedad de la falta. Entre las principales infracciones contempladas en el régimen nacional se encuentran:
- Exceso de velocidad: resta 5 puntos cuando se supera entre un 10% y un 30% el límite permitido, y 10 puntos cuando el exceso supera el 30%.
- No utilizar el cinturón de seguridad: implica una quita de 4 puntos.
- No respetar las indicaciones de la autoridad de tránsito, las señales o las normas legales: puede representar una quita de 10 puntos.
- Conducir con la licencia vencida: implica una quita de 5 puntos.
- Conducir bajo los efectos del alcohol o de estupefacientes: contempla una quita de 10 puntos.
- Participar u organizar competencias de velocidad no autorizadas, conocidas como picadas: puede ocasionar la pérdida de los 20 puntos.
- No respetar la prioridad de los peatones en sendas peatonales o zonas peligrosas: implica una quita de 5 puntos.
La sanción está prevista en la reglamentación nacional de tránsitoy tiene alcance nacional como disposición normativa.
Sin embargo, su aplicación efectiva depende de la adhesión y la implementación del sistema de scoring en cada provincia y jurisdicción, por lo que es importante verificar las condiciones vigentes en cada distrito.















