

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó que todos los monotributistas que deban actualizar su categoría tienen que realizar un trámite obligatorio.
En caso de no hacerlo, el organismo podrá aplicar la recategorización de oficio, modificando la categoría del contribuyente cuando detecte diferencias entre su facturación y su nivel de actividad.
La medida forma parte del régimen de control del Monotributo y alcanza a quienes superen los parámetros establecidos para la categoría en la que están inscriptos o presenten diferencias con la información que posee ARCA sobre sus ingresos, gastos y movimientos bancarios.
Qué es la recategorización del monotributo y quiénes deben hacerla
La recategorización es la evaluación que deben realizar los monotributistas para verificar si continúan dentro de la misma categoría o si corresponde modificarla de acuerdo con la actividad desarrollada durante los últimos 12 meses.

Si los parámetros de la actividad superan o quedan por debajo de los límites establecidos para la categoría vigente, el contribuyente está obligado a realizar la recategorización.
Qué es la recategorización de oficio que aplica ARCA
La recategorización de oficio es el procedimiento que utiliza ARCA cuando detecta que un contribuyente no realizó la recategorización correspondiente o la efectuó de manera incorrecta.
Este mecanismo se pone en marcha cuando el organismo verifica que las compras, los gastos o las acreditaciones bancarias del monotributista superan el límite máximo de ingresos brutos anuales permitido para la categoría en la que se encuentra inscripto.

En esos casos, ARCA puede modificar la categoría del contribuyente de manera automática, de acuerdo con la información fiscal disponible.
Quiénes no deben recategorizarse
No tienen que realizar ningún trámite:
- Quienes mantienen la misma categoría porque continúan dentro de todos los parámetros correspondientes.
- Quienes llevan menos de seis meses de actividad dentro del Monotributo.
Cuándo hay que hacer la recategorización
La recategorización del Monotributo se realiza dos veces al año:
- En febrero.
- En agosto.
En cada una de esas instancias, los contribuyentes deben analizar los parámetros correspondientes a los últimos 12 meses de actividad.
Monotributo: cuánto habrá que pagar en julio
Tras la actualización de las escalas, estos serán los importes mensuales del Monotributo:
- Categoría A: $42.386,74
- Categoría B: $48.250,78
- Categoría C:
- Servicios: $56.501,85
- Bienes: $55.227,06
- Categoría D:
- Servicios: $72.414,10
- Bienes: $70.661,26
- Categoría E:
- Servicios: $102.537,97
- Bienes: $92.658,35
- Categoría F:
- Servicios: $129.045,32
- Bienes: $111.198,27
- Categoría G:
- Servicios: $197.108,23
- Bienes: $135.918,34
- Categoría H:
- Servicios: $447.346,93
- Bienes: $272.063,40
- Categoría I:
- Servicios: $824.802,26
- Bienes: $406.512,05
- Categoría J:
- Servicios: $999.007,65
- Bienes: $497.059,41
- Categoría K:
- Servicios: $1.381.687,90
- Bienes: $600.879,51













