

Una mujer que aseguró haberse accidentado en una estación de servicio de Mar del Plata inició una demanda por daños y perjuicios para reclamar una indemnización superior a los $1,9 millones.
Sin embargo, tras varios años de trámite, la Justicia rechazó el planteo por considerar que no existían pruebas suficientes para demostrar cómo ocurrió el hecho ni que el lugar presentara un riesgo atribuible a la empresa.
Como consecuencia del fallo, además de no recibir ninguna compensación, deberá afrontar las costas del proceso judicial.
¿Por qué demandó a la estación de servicio?
El episodio ocurrió el 12 de agosto de 2021. Según la presentación judicial, la mujer afirmó que sufrió una caída cuando intentaba ingresar a un sector gastronómico instalado dentro de una estación de servicio.
En su relato sostuvo que tropezó con un bolardo metálico amarillo fijado al piso y que el paso peatonal estaba parcialmente bloqueado por un carro matafuegos y una valla móvil, lo que habría dificultado la circulación.
Como consecuencia del accidente, aseguró haber sufrido diversas lesiones, entre ellas un corte en la rodilla, un golpe en el rostro, una desviación nasal y hematomas.
Con esos argumentos inició una demanda por daños y perjuicios contra la empresa propietaria del establecimiento y también citó a la aseguradora que cubría la responsabilidad civil del lugar.

La prueba que nunca apareció y fue clave para el fallo
Durante el proceso judicial, la empresa negó que el accidente hubiera ocurrido en las condiciones descriptas por la demandante y cuestionó tanto la versión de los hechos como la documentación presentada.
Al analizar el caso, el tribunal destacó que no existían testigos presenciales, registros de cámaras de seguridad ni intervención policial que permitieran reconstruir con certeza lo sucedido.
Además, una pericia de ingeniería determinó que tanto el carro matafuegos como la valla eran elementos móviles y que no era posible afirmar que se encontraran en el sitio indicado al momento del supuesto accidente.
El informe también señaló que el acceso al sector gastronómico podía realizarse por otro camino, lo que debilitó aún más la versión presentada por la reclamante.
Para los jueces, no quedó demostrado que existiera un obstáculo permanente o una situación peligrosa capaz de generar responsabilidad para la empresa.
Qué resolvió la Justicia y por qué la mujer deberá pagar los gastos
El Juzgado Civil y Comercial que intervino en la causa concluyó que la demandante no logró acreditar que la caída hubiera sido consecuencia de un defecto o un riesgo existente en las instalaciones de la estación de servicio.
La sentencia recordó que, en los casos de responsabilidad por daños ocasionados por objetos inertes, quien reclama una indemnización debe demostrar de manera concreta la existencia de un vicio o una situación anormal que haya provocado el accidente.
Al no existir pruebas suficientes que respaldaran esa hipótesis, el tribunal rechazó la demanda en su totalidad.
Como consecuencia de esa decisión, la mujer no recibirá la indemnización solicitada y, además, deberá afrontar las costas del juicio, es decir, los gastos del proceso y los honorarios profesionales derivados del expediente.













